Pabellón de Gobierno, C/ Padre Herrera s/n
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Santa Cruz de Tenerife - España
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La convalidación es el reconocimiento oficial de la validez a efectos académicos de estudios superiores realizados en el extranjero, hayan finalizado o no con la obtención de un título, respecto de estudios universitarios españoles parciales que permitan proseguir dichos estudios en una Universidad española.
La convalidación de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales corresponde a la Universidad española en la que el interesado desee proseguir estudios, de acuerdo con los criterios que fije el Consejo de Coordinación Universitaria.
Los efectos de la convalidación de estudios parciales son, con carácter general, únicamente académicos, pues permiten continuar estudios dentro del sistema educativo español. Dichos estudios podrán culminar, en su caso, con la obtención del correspondiente título universitario español, una vez superado el plan de estudios que sea de aplicación. Este título español tendrá la plenitud de efectos que le correspondan, sin distinción alguna.
Podrán solicitar la admisión por la vía de convalidación parcial de estudios universitarios extranjeros las personas que:
1. No hayan finalizado sus estudios universitarios oficiales cursados en universidades extranjeras.
2. Habiendo finalizado sus estudios no hayan obtenido la homologación o equivalencia de sus títulos, diplomas o estudios en España.
En todos los casos, será requisito indispensable que se le reconozcan un mínimo de 30 créditos de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de La Laguna.
En el caso de no cumplir con el requisito anteriores solo podrían admitirse mediante el procedimiento de preinscripción.
El alumnado deberá solicitar la admisión por convalidación parcial de estudios extranjeros a través de la sede electrónica de la ULL, dirigidas al responsable del centro donde se imparta el grado que se desea cursar.
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento por el que se regula la administración electrónica en la Universidad de La Laguna, todas las personas que participen en este procedimiento deberán presentar sus solicitudes por la sede electrónica de la ULL, dirigidas al responsable del centro donde se imparta el grado que se desea cursar. No se admitirán solicitudes por otros medios.
De acuerdo con la Resolución de 12 de mayo de 2023, por la que se establecen la delegación de competencias y el régimen de suplencias de esta Universidad (BOC nº 101, de 25 de mayo de 2023), corresponde a las personas titulares de los Decanatos de Facultades y Dirección de Escuelas la resolución de las solicitudes de traslados de expedientesLas solicitudes se resolverán, por delegación del rector o rectora, por las personas responsables del decanato o dirección de los centros.
La solicitud de admisión por estudios universitarios extranjeros será compatible con el régimen general de preinscripción y matrícula, pudiendo el alumnado solicitar los dos procedimientos de acceso. En caso de obtener plaza a través de ambos sistemas se procederá a adjudicar la plaza por el cupo de estudios universitarios extranjeros.
La solicitud estará acompañada de la siguiente documentación:
a) Las personas que carezcan de DNI o NIE, deberán presentar un pasaporte o documento de identidad equivalente válidamente emitido.
b) Certificación académica de los estudios realizados, en la que consten entre otros extremos, las asignaturas cursadas, el año académico y las calificaciones.
c) Documento de equivalencia de notas medias certificado por el Ministerio de Educación (Enlace).
NOTA: En el apartado “Nº de créditos o asignaturas”, deberá indicar lo que conste en la certificación académica oficial aportado. En el caso de que las asignaturas no tengan reconocidos créditos, cada asignatura se rellenará con un 1.
d) Plan de estudios y programas/guías docentes de las materias cursadas debidamente conformados por la universidad de origen, donde consten entre otros, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horario de cada una de ellas. La documentación correspondiente a las guías docentes deberá figurar en un único archivo pdf.
e) Solicitud de reconocimiento de créditos. Estará disponible en el propio procedimiento de convalidación parcial de estudios extranjeros.
f) Cualquier otro documento que sea necesario para el mejor conocimiento de la convalidación que se pretende obtener.
Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, legalizados (*) y traducidos al castellano (**), en su caso.
(*) Legalización de los documentos expedidos en el extranjero.
No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia. También Suiza, por acuerdo bilateral con la U.E.
En los demás casos, los documentos expedidos en el extranjero que quieran hacerse valer en estos procedimientos deberán estar debidamente legalizados con arreglo a las siguientes condiciones:
Los documentos expedidos por autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
El artículo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que la lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. En consonancia con ello, las normas reguladoras de estos procedimientos exigen que los documentos expedidos en el extranjero que deseen hacerse valer en los mismos vayan acompañados de traducción oficial al castellano (cuando no estén expedidos en ese idioma)
La traducción oficial podrá hacerse:
En la medida de lo posible, cuando el documento original esté escrito en un alfabeto distinto del occidental, se recomienda que la correspondiente traducción recoja la denominación del título en su idioma original, pero transcrita al alfabeto occidental, en lugar de una traducción de esa denominación.
Podrá descragrase el calendario en este enlace.
El Consejo de Gobierno de la ULL aprobará para cada curso académico la oferta de plazas disponibles por esta vía (consulta la oferta de plazas).
La convocatoria extraordinaria estará disponible exclusivamente para aquellos grados y cursos con plazas vacantes tras la convocatoria ordinaria.
En los grados que se impartan en más de una sede, las plazas se asignarán a las distintas sedes, reservando el mayor número de plazas a la sede con menor nota de corte en el curso académico anterior.
Las solicitudes de los estudiantes se de acuerdo con la nota de admisión para la convalidación parcial de estudios extranjeros, expresada con tres decimales, que se extraerá de la siguiente fórmula:
N = 0,5*NE + 0,5*CR
Donde
N = Nota de admisión para la convalidación parcial de estudios extranjeros.
NE = Nota media del expediente académico de los estudios universitarios cursados.
CR = Nº de créditos susceptibles de ser reconocidos.
Para ello, las asignaturas tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el centro de procedencia, de conformidad con las equivalencias que se establezcan por el ministerio competente, entre las calificaciones de dichos sistemas educativos extranjeros y las propias del sistema educativo español. El reconocimiento de créditos en los que no exista calificación no se tendrá en cuenta a los efectos del cálculo de la nota media.