Reexpedición de títulos oficiales

A instancias del interesado y previo abono de las correspondientes tasas, procederá la expedición de duplicado de un título en los casos de extravío, robo, destrucción total o parcial o rectificación del original, siendo requisito imprescindible la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» con objeto de propiciar en su caso las oportunas reclamaciones.

Para solicitar un Duplicado de Título, después de hacer la correspondiente solicitud por la sede electrónica y antes de la emisión de la correspondiente carta de pago, debe presentarse el título original (salvo en caso de extravío) en la secretaría de la Facultad/Escuela/Centro.

Los motivos por los que se puede solicitar un duplicado de título y los requisitos, son los siguientes:

• Extravío. Antes de solicitar un duplicado de título por extravío, debe publicarse un anuncio de extravío de título en el Boletín Oficial del Estado. El coste aproximado oscila entre 90 y 100 euros. Para ello se debe poner en contacto con el Negociado de Títulos (titulos@ull.edu.es), que le facilitará todo el trámite. Una vez publicado el anuncio y pasados treinta días naturales, ya puede solicitar el duplicado del título por la sede electrónica, adjuntando copia del anuncio.

• Deterioro. El título deteriorado, una vez realizada la solicitud de duplicado y antes de que se le emita la correspondiente carta de pago, debe entregarlo en la secretaría de su Centro/Facultad/Escuela. Es requisito imprescindible que las características del título deteriorado no impidan su correcta identificación y no ofrezca duda su autenticidad. Si esto no fuera así, se considerará un “título extraviado”.

• Cambio de datos personales (Nombre, Apellidos, Nacionalidad, Sexo …). Debe adjuntar su nuevo DNI y documento del Registro Civil donde figure el cambio del antiguo al nuevo estado.

• Añadir nueva mención/especialidad. Deberá acreditarse la superación de la nueva mención/especialidad.

• Añadir premio extraordinario de fin de carrera (Títulos anterior al Plan Bolonia). Debe adjuntarse certificación de Secretaría General, donde se le comunica la concesión del premio.

• Rectificación de error cometido por la Administración. Una vez tramitado por el negociado con competencias en la expedición de títulos e inscrito el título en el Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales, se emitirá de oficio la certificación supletoria provisional a la que hace referencia el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, que será puesta a disposición del alumnado en el expediente electrónico.

¿Dónde se solicita la expedición del título?

A través de la sede electrónica de la ULL, en el procedimiento habilitado al efecto.

¿Cuál es la tasa de reexpedición del título?

La tasa administrativa de expedición de títulos, se establece para cada curso académico en el Decreto del Gobierno de Canarias por el que se fijan y regulan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios, de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso correspondiente.

Las tasas por expedición de duplicados de estudios universitarios es de 36,08 €.

Exenciones

Las personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias estarán exentos de abonar la tasa administrativa correspondiente:

  1. Familia numerosa de categoría especial. A efectos de exención, se reconocen las situaciones que la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE de 19 de noviembre de 2003), declara equiparables a familia numerosa.
  2. Alumnado con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  3. Víctimas de violencia de género.
  4. Víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
  5. Las personas que hayan cambiado su sexo y nombre de conformidad a los establecido en la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

Las personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias tendrán una bonificación del 50% en la tasa administrativa correspondiente:

  1. Familia Numerosa de categoría general. A efectos de exención se reconocen las situaciones que la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE de 19 de noviembre de 2003), declara equiparables a familia numerosa.

¿Qué documentación debo presentar?

La documentación a presentar para reexpedición del título universitario es la siguiente:

  1. Impreso de solicitud
  2. Fotocopia del documento nacional de identidad o número de identificación fiscal, en el caso de españoles.
  3. Número de identificación de extranjeros (NIE) y pasaporte, en el caso de extranjeros.
  4. Publicación en el BOE, en el caso de extravío.
  5. Original del título deteriorado, en los casos de deterioro, cambio de nombre y/o apellidos, nacionalidad, sexo, o inclusión de una nueva mención.
  6. Informe judicial o del Registro Civil  en el que figure la modificación, en el caso de cambio de nombre y/o apellidos, nacionalidad, sexo.
  7. Certificado de Secretaría General/Publicación en el BOE, en el caso de premio extraordinario.
  8. Documento justificativo en el caso de rectificación u otros motivos diferentes a los anteriores.
  9. Documento acreditativo de exención total o parcial de tasas, en el caso que proceda.
  10. Resguardo del abono de tasas. La carta de pago se pondrá a su disposición a través del expediente electrónico..

¿Cuál es plazo para la reexpedición del título oficial?

No existe un plazo establecido para la entrega del título oficial. A efectos informativos la expedición del título oficial está tardando tres meses aproximadamente

¿Cómo acredito la solicitud de duplicado del título oficial hasta la recepción del título original?

Una vez tramitado su solicitud de expedición de título oficial, el centro procederá a generar el resguardo del título, que estará disponible en su expediente electrónico. Dicho resguardo junto con el abono de las tasas será el documento acreditativo de su título hasta obtener el título oficial.

Alternativamente, podrá solicitar la expedición de una certificación supletoria provisional. Esta certificación tiene la misma validez que el título a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes, y tiene una vigencia anual, renovable previa solicitud.

Su emisión es gratuita, debiendo iniciar el trámite a través de la Sede Electrónica de la ULL

Plazo aproximado de entrega: 5 días hábiles.

¿Dónde puedo retirar el título oficial una vez reexpedido?

En los mismos lugares y formas que para la retirada del título oficial