Facultad de Farmacia
De conformidad con los Estatutos de la Universidad, corresponde a la Junta de esta Facultad las siguientes funciones:
- Definir y aprobar la política de actuación del Centro, tanto en lo que concierne a la docencia y la investigación, como en lo relativo a su régimen administrativo y económico.
- Aprobar los planes de ordenación docente del Centro y proponer e informar la modificación de sus planes de estudio.
- Aprobar la distribución de los fondos asignados al Centro con cargo a los Presupuestos de la Universidad.
- Supervisar y conocer la actuación de los órganos colegiados y unipersonales de gobierno del Centro y de sus servicios, de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del presente artículo.
- Ejercer cualesquiera otras funciones que le asignen los órganos superiores de gobierno universitario o le reconozca el ordenamiento vigente…
- Y, en general, las demás funciones previstas para los órganos colegiados en el artículo 139 de los Estatutos de la Universidad.
Comisiones de la Facultad de Farmacia, aprobadas por la Junta celebrada el 12 de julio de 2024, de acuerdo al reglamento de régimen interno de la Facultad de Farmacia.