Facultad de Farmacia
De conformidad con los Estatutos de la Universidad, corresponde a la Junta de esta Facultad las siguientes funciones:
- Definir y aprobar la política de actuación del Centro, tanto en lo que concierne a la docencia y la investigación, como en lo relativo a su régimen administrativo y económico.
- Aprobar los planes de ordenación docente del Centro y proponer e informar la modificación de sus planes de estudio.
- Aprobar la distribución de los fondos asignados al Centro con cargo a los Presupuestos de la Universidad.
- Supervisar y conocer la actuación de los órganos colegiados y unipersonales de gobierno del Centro y de sus servicios, de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del presente artículo.
- Ejercer cualesquiera otras funciones que le asignen los órganos superiores de gobierno universitario o le reconozca el ordenamiento vigente…
- Y, en general, las demás funciones previstas para los órganos colegiados en el artículo 139 de los Estatutos de la Universidad.