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Venta de tierras

AutorHernando Calderón
Fecha1557
LugarCanarias, Tenerife, San Cristóbal de La Laguna

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justa e derecha sin enbargo ni ynpedimento alguno por presçio e quantia de veinte doblas de oro que montan diez mill maravedis desta moneda de Canaria las quales vos el dicho Pedro de Ponte nos distes e pagastes en presençia del escriuano publico e testigos yusoescriptos en veynte doblas de oro. De la qual paga yo Hernando Calderon escriuano publico desta partes de Dabte e desta carta doy fe que el dicho Pedro de Ponte dio y entrego las dichas veynte doblas en oro a los dichos Blas Salguero e Catalina Gonzales su muger e las recibieron en si e se dieron por contentos a su voluntad. Las quales dichas veynte doblas que ansi nos disteys e pagasteys por el dicho pedaço de tierras confesamos ser el justo valor que ello vale porque no hemos podido hallar quien mas por ello nos diese no enbargante que lo hemos procurado. E si agora o en tiempo alguno pudiere ser visto el dicho pedaço de tierras valer mas de la tal demasia que ende aya quier sea en poca o en mucha cantidad que no confesamos avella de la tal demasia e mas valor os hazemos graçia e donacion pura mera perfecta ynrrevocable ynrremovible fecha entre bivos e partes presentes esto por muchas honrras e buenas obras que de vos el dicho Pedro de Ponte hemos rescebido y esperamos rescebir que suman e montan e valen mucho mas que qualquier demasia que ende pueda aver e por quanto segun derecho toda donacion que es fecha o se haze en mayor numero e contia de quinientos sueldos o de la decima o quinta parte del valor de los bienes del que haze la tal donacion en lo demas no vale ni puede valer salvo si no es o fuere ynsignunada ante juez conpetente e nonbrado en el contrato por tanto nos la ynsignunamos y emos por ynsignunada como si fuese fecha e ynsignuada ante juez conpetente e nonbrado en el contrato e renunciamos qualquier derecho que por no ser ynsignuada nos pueda pertenesçer e mayor abundamiento renunciamos las leyes que el señor rey don Alonso de esclarescida memoria hizo e ordeno en las cortes de Alcala de Henares que son e hablan en razon de las cosas conpradas e


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