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Auto judicial de la partición de bienes de José Perdomo y Francisca Martín a favor de sus hijos, realizada por Ignacio Viñoly, perito agrimensor

AutorMatías Rancel
Fecha1830
LugarCanarias, Lanzarote, Lanzarote

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la Tahona del sitio principal contenida al numero primero = 3,5 Ydem: cuatro pesos en la sala principal que fue del sargento Pasqual de Silva = 4 Ydem: dies pesos en el algive que arrima a dicha sala = 10 Ydem: un almud de tierra junto al cercado del capitan don José Luiz de Betencourt contenido al numero treinta en dies y seis pesos = 16 Ydem: almud y medio en la Esquina de la Vega contenido al numero veinte y siete en treinta y siete pesos = 37 Ydem: almud y medio en el Barrial contenido al numero Catorce, en catorce pesos = 14 línea Ymportan los bienes adjudicados a Marcial Peña = 84,5 Ydem legitima = 81,7,8 línea Resta a sus consortes = 2,12,26 doble línea Segun resulta de la anterior liquidacion ha de debolver el Marcial Peña a sus consortes, dos pesos, dose reales con veinte y seis maravedies vellon S. Y. Nota: que segun resulta de esta particion los dos celemines y tres cuartillos de tierra separados de los bienes gananciales para gastos de esta particion se adjudicaran al heredero que se precente a exivirlos, o se dividirán entre los consortes pagando cada uno con proporcion a la parte que reprecentan dichos bienes, lo mismo que se hará con el celemín y medio tasados en quince pesos, y fue separado para la subdivisión de los bienes pertenecientes a la da Josefa Martín. Que si algunos de los bienes contenidos en esta cartilla resultaren inciertos en algun tiempo o litigiosos, deverán reintegrarce al que se le condene a la restitucion de ellos por todos los participes con proporción cada uno a su ha de aver: en cuya forma concluyo esta particion que con arreglo a los autos que se pues manifestaron y debolvi á quien me los encargó, y bajo o se requiere dijo que inteligencia sin causar agravio a los interesados, por lo que la firmo en este lugar de Tinajo a siete de mayo de mil ochocientos y treinta y se advierte que de los cecenta y siete pesos y medio valor de la tierra separada para costos, se rebajan siete y medio, y de la de los quince se deducen tres para el heredero o particular que se precente a comprarlo Ygnacio Viñoly En esta villa de Lanzarote á quince de mayo de mil ochocientos y treinta años. El perito don Ignacio Viñoly habiendo ebacuado la particion para que ha sido nombrado, á fin de declararla compareció á la presencia judicial, y bajo el cargo y religion del juramento que tiene prestado en la diligencia de aceptacion, y del que en este acto nuevamente se le resibe según por derecho se requiere dijo que con


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