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Protocolización de la partición, efectuada en 1557, de los bienes de Jácome de Monteverde entre sus herederos a petición de la Justicia

AutorJosé Alberto Álvarez
Fecha1739
LugarCanarias, La Palma, Santa Cruz de La Palma

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como dicho es e no la hasiendo los unos ni los otros la dicha declaraçion que emos de quedar libres de todo lo susodicho e fecha la dicha declaraçion por qualquiera de las partes cada parte a de quedar con aquello que elixiere e señalare en el dicho termino e si en el ygualar e partir que hisieremos de las dichas hasienda fecha la dicha elecion y escoxa por qualquiera de nos las dichas partes obiere alguna bentaja em sic mejoria de una parte a otra em sic poca o em sic mucha cantidad quier sea he se es i ua desde luego la una parte a la otra y la otra a la otra nos hasemos gracia e donacion ynrreuocable pura e perfecta e baledera agora y en todo tiempo e fecho todo lo susodicho dentro de tres dias siguientes hemos de haser escriptura de declaracion e particion en forma ante el escriuano publico y esto se entiende entre nosotros quatro solamente porque lo que toca a la parte que pertenese en las dichas hasiendas Agueda de Monteuerde e sus hijos e de Diego de Monteverde de su marido nuestro hermano difunto asi en la hasienda de auaxo como en la de arriua lo a de auer en ellas e porque al presente las dichas hasiendas estan moliendo los cañauerales deste presente año que ambos a dos an de moler los dichos cañauerales por quenta de todos hasta que se acauen de moler e la costa e la costa de toda ella se a de haser cumunmente segun e como hasta aqui se a fecho e lo mesmo en la tierra de las plantas e socas que ai para otros años el prouecho de esta molienda deste presente año a de ser e es cumun de todos para que se aia de


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