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Concierto de Francisco de Ocoto y Pedro Yanes para plantar viña

AutorDomingo Pérez
Fecha1555
LugarCanarias, La Palma, Santa Cruz de La Palma
InstituciónUniversidad de La Laguna
Referencia archivísticaC. 4/ ff. 725r 725v
Tipo de documentoDocumentación administrativa

Page 725r > 725v

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Sepan quantos esta carta vieren como yo Françisco de O
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coto e como yo Pedro Yanes trabajadores vezinos que somos
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desta ysla de La Palma nos anbos a dos
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juntamente de mancomun e a boz de vno e cada
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vno de nos por si e por todo renunçiando como
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espresamente renunciamos la ley de duobus res de
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vendi y el avtentica presente de fide jusoribus y el bene
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ficio de la division y el de la discursion e las otras
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leyes que tratan en razon de la mancomunidad otorga
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mos e conoçemos que sosbarmos consertados con vos Bartolo
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me Garçia mercader vezino desta dicha ysla questays presente
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en esta manera que nos obligamos de ahoyar e haser
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tres mill hoyos en las tierras de las cabeçadas de
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vuestra viña que teneys en el termino de Las Viñas en que
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podays plantar tres mill sarmientos que los ho
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yos sean de quatro palmos de altor por la
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parte de abaxo e tres palmos de conplido
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e tres de ancho [...] abemos de comencar a acer
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los dichos hoyos desde mañana e no alsar la mano
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dellos hasta los aver acabado de haser e para
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ello nos aveys e dar toda la herramienta que oviere
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mos menester e vna casa en que nos recojamos el tiempo
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que nos ocuparemos en el haser los dichos hoyos e toda
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el agua que ovieremos menester para nuestro serviçio e por
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nuestro trabajo nos aveys de dar e pagar por cada hoyo
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quatro maravedis e nos aveys de pagar el dicho preçio
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segund e como fueremos trabajando e al tienpo de
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la plantada vos emos de dar los hoyos en linpio
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e asi desta manera no lo hizieremos [...]
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que vos a nuestra costa podays tomar gente
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que lo haga e la que en ellos hizieredes nos obliga
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mos de la pagar e seays creydo por la declaraçion que
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dieredes con vuestro juramento e por ello se nos pueda eje
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cutar syn otra liquidaçion ni averiguaçion
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alguna e nos obligamos de conplir esta escriptura
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e de no yr ni venir contra della en manera alguna
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y si contra ello fueremos e vinyeremos que
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no nos vala e vos demos e pechemos en pena
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diez mill maravedis por pena e nonbre de ynterese que
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con vos hazemos e ponemos e la pena
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pagada o no questa carta vala e sea firme
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e yo el dicho Bartolome Garçia que a lo que
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dicho es soy presente otorgo e conosco que soy
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convenido e conçertado con vos los dichos Françisco
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de Ocoto e Pedro Yanes en la manera e forma que
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por vos esta dicho e contado y en esta escriptura
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se contiene e me obligo de vos dar e pagar

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