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Venta de tierras

AutorHernando Calderón
Fecha1557
LugarCanarias, Tenerife, San Cristóbal de La Laguna

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justa e derecha sin enbargo ni ynpedimento alguno por
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presçio e quantia de veinte doblas de oro que
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montan diez mill maravedis desta moneda de Canaria las
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quales vos el dicho Pedro de Ponte nos distes e pagastes
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en presençia del escriuano publico e testigos yusoescriptos en veynte
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doblas de oro. De la qual paga yo Hernando Calderon
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escriuano publico desta partes de Dabte e desta
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carta doy fe que el dicho Pedro de Ponte dio y en
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trego las dichas veynte doblas en oro a los dichos
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Blas Salguero e Catalina Gonzales su muger e las re
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cibieron en si e se dieron por contentos a su
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voluntad. Las quales dichas veynte doblas
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que ansi nos disteys e pagasteys por el dicho
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pedaço de tierras confesamos ser el justo valor que
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ello vale porque no hemos podido hallar quien
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mas por ello nos diese no enbargante que lo he
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mos procurado. E si agora o en tiempo alguno
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pudiere ser visto el dicho pedaço de tierras valer
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mas de la tal demasia que ende aya quier sea
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en poca o en mucha cantidad que no confesa
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mos avella de la tal demasia e mas valor os
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hazemos graçia e donacion pura mera perfecta
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ynrrevocable ynrremovible fecha entre bivos e par
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tes presentes esto por muchas honrras e bue
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nas obras que de vos el dicho Pedro de Ponte hemos res
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cebido y esperamos rescebir que suman e montan
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e valen mucho mas que qualquier demasia que en
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de pueda aver e por quanto segun derecho toda do
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nacion que es fecha o se haze en mayor numero e con
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tia de quinientos sueldos o de la decima o quinta parte
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del valor de los bienes del que haze la tal dona
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cion en lo demas no vale ni puede valer sal
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vo si no es o fuere ynsignunada ante juez con
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petente e nonbrado en el contrato por tan
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to nos la ynsignunamos y emos por ynsignuna
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da como si fuese fecha e ynsignuada ante juez con
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petente e nonbrado en el contrato e renun
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ciamos qualquier derecho que por no ser ynsignua
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da nos pueda pertenesçer e mayor abun
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damiento renunciamos las leyes que el señor rey
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don Alonso de esclarescida memoria hizo e
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ordeno en las cortes de Alcala de Henares
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que son e hablan en razon de las cosas conpradas e

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