Seguimiento del doctorando
Procedimiento para la asignación de tutor y director
Tal y como regula el artículo 9 del REODULL una vez admitido, a cada alumno se le asignará un tutor por la Comisión Académica. El tutor debe ser doctor y cumplir los requisitos para dirigir tesis doctorales que se mencionan en el artículo 10 del mencionado Reglamento. La Comisión Académica, oí do el doctorando, podrá modificar el nombramiento del tutor asignado en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas. Si lo estima procedente podrá solicitar informes del tutor y el director de la tesis.
Funciones del tutor
Las funciones del tutor son: a) revisar regularmente, junto con el director de la tesis, el documento de actividades del doctorando, b) avalar, junto con el director de la tesis y antes de la finalización del primer año el plan de investigación elaborado por el doctorando, c) firmar el compromiso docente, junto con el doctorando, el director de la tesis y vicerrector competente en representación de la ULL, d) emitir el informe anual sobre la actividad del doctorando a la comisión académica, e) asegurar la visibilidad de la ULL en todas las publicaciones y actividades de diseminación de resultados de la investigación desarrollada por el doctorando.
Asignación de director
En el plazo de un mes tras la matriculación, la Comisión Académica asignará un director de tesis, que podrá coincidir o no con el tutor.
Los directores de tesis
Deberán cumplir los requisitos mencionados en el apartado 5.1.
En cualquier momento de la realización del doctorado, la Comisión Académica, por razones justificadas y oídos al doctorando, tutor y director podrá modificar los nombramientos y autorizar la inclusión de un codirector.
Documento de Compromiso de Supervisión
Las funciones de supervisión de los doctorandos se establecerán mediante un compromiso documental, firmado por el vicerrector competente en materia de posgrado, el doctorando, su tutor y su director o codirectores. El compromiso debe ser firmado en los tres primeros meses desde la asignación de tutor y de director. El documento ha de incluir la aceptación no condicionada del doctorando y del director acerca del régimen de derechos y deberes respectivos previstos en el REODULL y en el apartado 5.1 de la presente memoria. Incluirá, asimismo, un procedimiento de resolución de conflictos, y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado.
El documento de compromiso, una vez suscrito por los intervinientes, será incorporado al Documento de Actividades del Doctorando y archivado en su expediente. El documento de compromiso se habrá de ajustar al modelo que se establezca.
Procedimiento de resolución de conflictos
En caso de eventual incumplimiento de alguno de los extremos incluidos en el documento de compromiso o de la concurrencia de otro desacuerdo relacionado con el desarrollo del programa de doctorado, cualquiera de las partes podrá ponerlo en conocimiento de la Comisión Académica, que actuará como mediador con vistas a alcanzar un acuerdo que ponga término a la controversia. Si la mediación no permite resolver el conflicto una vez transcurridos dos meses desde la puesta en conocimiento del coordinador del programa de doctorado, se dará traslado a la Comisión de Doctorado (o Escuela de Doctorado cuando entre en funcionamiento), que habrá de dictar resolución en el plazo de tres meses, previa audiencia de las partes y del coordinador del programa de doctorado. Contra el acuerdo de la Comisión de Doctorado (Escuela de Doctorado) se puede interponer recurso de alzada ante el rector/a, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Control de Registro de Actividades y Certificación de Datos
Una vez firmado el Documento de Compromiso de Supervisión, la Comisión Académica del programa habilitará el Documento de Actividades Personalizado (DAP) a efectos del registro individualizado de las actividades desarrolladas por el doctorando. En él se inscribirán tanto las actividades formativas a las que se refiere el apartado 4 de la presente memoria, como los complementos formativos establecidos por la Comisión Académica en función del perfil de acceso y las recomendaciones del tutor. Cada actividad debe incluir los datos de identificación (tipo, título, lugar de realización), fuente de financiación si procede, autorización del tutor/director, finalidad de la actividad, su relación con el tema y plan de investigación, y una vez realizada, un resumen de su contenido, duración en horas y fecha de realización, justificante de su realización, incidencias si las hubiera, y verificación/certificación del tutor de su realización, según regule la propia CA del programa y la Comisión de estudios de posgrado o Escuela de Doctorado de la ULL cuando esté en funcionamiento. Anualmente, el tutor y el director de tesis y la CA incorporarán a este documento sus informes sobre el cumplimiento de las actividades programadas.
El DAP será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis.
Valoración anual del Plan de Investigación y el Documento de actividades. Antes de la finalización del primer año, el doctorando elaborará un Plan de investigación que incluirá al menos:
a) justificación del estudio,
b) metodología a utilizar y objetivos a alcanzar,
c) recursos disponibles y
d) planificación temporal.
Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director.
Anualmente la comisión académica del programa evaluará el desarrollo del Plan de investigación y el documento de actividades desarrolladas por el doctorando junto con los informes que, a tal efecto, deberán emitir el tutor y el director. El informe del tutor y director podrá ser conjunto o independiente.
Debe incluir una valoración del grado de cumplimiento y aprovechamiento de las actividades programadas, una valoración general del rendimiento del doctorando, los progresos realizados en el plan de investigación previsto, las dificultades encontradas y las soluciones propuestas, y un resumen de resultados obtenidos, incluyendo publicaciones y comunicaciones a congresos si las hubiera.
A partir del 2º año (4º año en dedicación a tiempo parcial), se incluirá una previsión razonada del tiempo necesario para la terminación de la tesis y la posibilidad solicitar una prórroga al finalizar el 3º año (5º año en dedicación a tiempo parcial). En el caso de que el director considerara inviable la finalización del trabajo debe argumentarlo adecuadamente. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, la comisión académica emitirá un informe motivando la misma, en el que se propondrán las medidas correctoras oportunas de cara a la siguiente evaluación. En el caso de evaluación negativa, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
Previsión de estancias de los doctorandos en otros centros
Uno de los retos prioritarios de la ULL en los últimos años ha sido el impulso de colaboraciones con otros centros nacionales e internacionales de investigación y formación de posgrado. La situación geográfica de la Universidad de La Laguna condiciona estas relaciones en un doble sentido. Por un lado, la lejanía hace más difícil mantener una interacción directa y fluida con centros de referencia nacional y europeo, y por otro, convierte a los centros de la ULL en un punto estratégico para la interacción con países africanos y latinos.
Los esfuerzos realizados en los últimos años para fortalecer estas relaciones se reflejan en:
a) la concesión de «Campus de Excelencia Internacional» en 2010 por el MINECO,
b) la firma de convenios de formación de doctorado con diferentes universidades europeas:
c) la ejecución de dos proyectos europeos que contemplan la movilidad de investigadores pre- y posdoctorales:
d) convenios con diferentes universidades y centros de investigación de países latinoamericanos y africanos y
e) Numerosas colaboraciones no conveniadas entre investigadores que participan en el programa e investigadores de Centros de referencia nacionales e internacionales.
Estas interacciones permiten prever un incremento en la movilidad de los estudiantes de doctorado en los próximos años.