Normativa de presentación y lectura de tesis
Presentación de la Tesis Doctoral
Según se señala en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna (Resolución de 17 de enero de 2013), la tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato en cualquier campo del conocimiento. La tesis debe capacitar al doctorando para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i.
Así mismo, la tesis doctoral podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, garantizando que el tribunal que ha de juzgarla tiene la capacidad de hacerlo en el idioma de presentación.
Tras la finalización de la tesis, y con el visto bueno de su/s director/es, el doctorando la presentará ante la comisión académica del Programa de Doctorado en Desarrollo Regional para su trámite ante la Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna, en el formato establecido por la ULL, acompañándola del resumen correspondiente en la forma y formato establecido por el Ministerio para su inclusión en las bases de datos pertinentes.
La comisión académica del Programa de Doctorado en Desarrollo Regional remitirá dos ejemplares de la tesis doctoral, en el formato que se establezca la ULL, a la Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna a la que esté adscrito el programa, debiendo incluir:
- La correspondiente autorización del director/es de la tesis.
- El informe del tutor asignado por el programa de doctorado, en el caso que sea distinto al director.
- El informe donde se haga constar la conformidad de la comisión académica del programa de doctorado en desarrollo regional a la defensa pública de la tesis y en el que deberá constar necesariamente que se reúnen los requisitos para poder proceder a su defensa.
- La instancia de solicitud de mención «Doctor internacional», junto a la documentación correspondiente, en el supuesto de optar a ella.
La Escuela de Doctorado correspondiente de la Universidad de La Laguna certificará mediante registro y sello que la tesis doctoral cumple los requisitos establecidos en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna (Resolución de 17 de enero de 2013) para su depósito durante el plazo de 15 días lectivos, en los términos que se establezcan en el calendario académico de cada curso, en la Secretaría General de la Universidad de La Laguna. Uno de los ejemplares permanecerá en depósito en esa Secretaría, quedando el segundo ejemplar en depósito en la Escuela de doctorado.
Durante el periodo de depósito, que se habilitará como periodo de información pública, cualquier doctor podrá realizar cuantas alegaciones y observaciones considere oportunas ante la Escuela de Doctorado correspondiente de la Universidad de La Laguna, haciendo constar su conformidad o disconformidad a la defensa pública de la misma, así como las sugerencias de mejora para subsanar deficiencias, todo ello con la finalidad de garantizar su calidad. En tal caso, la Escuela de Doctorado dará traslado de las mismas al doctorando y al director de la tesis, así como a la comisión académica del programa de doctorado correspondiente, quienes tendrán un plazo de 10 días lectivos para presentar las alegaciones oportunas ante la Escuela de Doctorado. La Comisión de Estudios de Posgrado resolverá a la vista de la documentación presentada si procede o no la defensa de la tesis en un plazo no superior a un mes, recabando, si así lo estima oportuno, el informe de especialistas. La Comisión de Estudios de Posgrado de la Universidad de La Laguna deberá informar de las razones de la denegación.
La Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna asegurará la publicidad de este periodo de información pública. Finalizado el plazo de información pública de la tesis doctoral, la Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna será la encargada de autorizar, si procede, la defensa de la tesis doctoral.
El acto de defensa deberá tener lugar en un plazo máximo de tres meses a partir de la autorización. Si finalizado este plazo no se ha procedido a la defensa, se deberá iniciar de nuevo el procedimiento.
La Escuela de Doctorado deberá darle al acto de defensa la publicidad adecuada, autorizándose a estos efectos el uso de cualquier medio de comunicación electrónico.
Una vez aprobada la tesis doctoral, la Universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma, así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio correspondiente a los efectos oportunos.
En circunstancias excepcionales determinadas por la comisión académica del programa, como pueden ser, entre otras, la participación de empresas en el programa, la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis, la universidad habilitará el procedimiento para desarrollar lo expuesto en el apartado 4 del Art. 26 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna (Resolución de 17 de enero de 2013), que aseguren la no publicidad de estos aspectos.
Régimen de cotutela en la tesis doctoral
La ULL contempla en su reglamento la posibilidad de que en el marco de los estudios de doctorado pueda desarrollarse un procedimiento de cotutela de tesis doctoral entre la Universidad de La Laguna y una universidad de otro país, con el objetivo de crear y desarrollar la cooperación científica entre equipos de investigación de ambas instituciones y facilitar la movilidad de los doctorandos. En el Programa de Doctorado de Desarrollo Regional el procedimiento de cotutela debe cumplir los siguientes requisitos:
- Las modalidades de admisión al doctorado, depósito y defensa de la tesis doctoral serán las mismas que rijan en la normativa de doctorado de la universidad correspondiente.
- Los candidatos a la preparación del doctorado en cotutela efectuarán su trabajo bajo el control y la responsabilidad de un director de tesis en cada una de las universidades interesadas.
- Cada cotutela de tesis se desarrollará en el marco de un convenio específico entre las dos universidades interesadas, implicando el principio de reciprocidad. En virtud del convenio, cada institución reconocerá la validez de la tesis doctoral defendida en este marco y se establecerá cuál de ellas procederá a expedir el título de doctor, reconociendo dicho título la otra.
- El doctorando inscribirá el título de la tesis en cada una de las dos universidades, y en el convenio que se suscriba deberá contemplarse que el pago de los derechos de matriculación y expedición del título sólo se efectuará en una de ellas.
- El tiempo de preparación de la tesis se repartirá entre las dos universidades. La estancia en ninguna de ellas será inferior a nueve meses y podrá realizarse de una sola vez o en varios periodos.
- La publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación realizada serán aseguradas por las dos instituciones de acogida del doctorando conforme a los procedimientos específicos de cada país.
- La tesis será objeto de una defensa única en cualquiera de las dos universidades. Esta disposición deberá ser objeto de una cláusula recogida en el convenio firmado por las dos instituciones.
- El tribunal ante el que debe defenderse la tesis será designado de común acuerdo entre las dos universidades, y su composición se atendrá a la legislación en vigor de la universidad en la que se defienda la tesis doctoral. La financiación de los gastos derivados de la actuación del tribunal se concertará en el convenio específico firmado entre las dos universidades.
- Si las lenguas oficiales de las dos universidades son diferentes, la tesis será redactada en una de las dos lenguas, o en su defecto en inglés, y complementada por un resumen escrito en la otra, que incluirá las conclusiones.
- La Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna velará por el cumplimiento de los acuerdos establecidos en el convenio de las tesis doctorales desarrolladasen régimen de cotutela.
Propuesta y nombramiento del tribunal de evaluación de la tesis
En el momento de remitir la tesis doctoral, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Desarrollo Regional presentará en la Escuela de Doctorado una propuesta de cinco expertos en la materia a que se refiera la tesis, o en otra que guarde afinidad con la misma, acompañado de sus currículos, donde se harán constar los méritos que los capacitan para formar parte del tribunal encargado de juzgarla. La Comisión Académica del programa de doctorado promoverá, siempre y cuando lo permitan las directrices y disponibilidades presupuestarias de la universidad, la propuesta de expertos internacionales en los tribunales de tesis (sobre todo, cuando no se pueda contar con expertos en el ámbito nacional) para impulsar las Menciones Internacionales en el título de doctor contempladas en el art. 28 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna.
Para la designación del tribunal deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
- Deberá estar formado por tres miembros titulares: un presidente, un secretario y un vocal, así como dos suplentes. De los miembros titulares uno deberá pertenecer a la Universidad de La Laguna y los otros dos deben ser externos a la misma y, en todo caso, con relación funcionarial o contractual con otras universidades u organismos de investigación. En los suplentes se incluirá uno de la Universidad de La Laguna y otro perteneciente a instituciones externas a esta. El primero suplirá la posible baja del miembro titular del tribunal perteneciente a la Universidad de La Laguna, y el segundo, la ausencia de cualquiera de los otros miembros titulares.
- Todos sus miembros han de tener el grado de doctor y experiencia investigadora acreditada. Los miembros de la Universidad de La Laguna (titular y suplente) han de reunir las mismas condiciones que para ser director de tesis. Es decir, deben de cumplir alguno de estos dos requisitos: i) Estar en posesión, al menos, de un tramo de méritos de investigación, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario (BOE núm. 216, de 9 de septiembre), modificado por los Reales Decretos 1949/1995, de 1 de diciembre (BOE núm. 16, de 18 de enero de 1996); 74/2000, de 21 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero), y 1325/2002, de 13 de diciembre (BOE núm. 305, de 21 de diciembre), o méritos equivalentes para aquellos que no tengan acceso a la valoración de estos tramos por no pertenecer a los cuerpos docentes universitarios. ii) Estar en posesión de tres tramos de méritos investigadores, de acuerdo a la establecido en el Decreto 140/2002, de 7 de octubre (BOC núm. 139, de 18 de octubre) y haber dirigido una tesis doctoral, o haber codirigido dos.
- De los miembros externos no podrá haber más de un miembro perteneciente a la misma universidad, o centro público o privado.
- En ningún caso podrán ser miembros del tribunal ni los directores de la tesis ni los tutores del investigador en formación.
- El presidente del tribunal será el miembro de mayor categoría académica y antigüedad en dicha categoría.
- Excepcionalmente, el tribunal titular podrá estar constituido por más de dos miembros externos, siempre y cuando se acredite que se cuenta con financiación para afrontar los gastos de desplazamiento y alojamiento del miembro externo adicional.
La Escuela de Doctorado comprobará que la propuesta de tribunal cursada se ajusta a lo dispuesto en el presente Reglamento y comunicará al director de la tesis y al coordinador académico del programa de doctorado, así como a los miembros titulares y suplentes del tribunal la composición de este.
Nombrado el tribunal, el presidente convocará el acto de defensa pública de la tesis, comunicando a la Escuela de Doctorado el día, hora y lugar en el que se va proceder a la misma, que en todo caso no podrá ser antes de siete días naturales tras la finalización del periodo de depósito de la tesis.
En caso de renuncia justificada de alguno de los miembros del tribunal, la Escuela de Doctorado procederá a sustituirle por el suplente correspondiente. Caso de renunciar el presidente, ejercerá este papel el miembro del tribunal de mayor categoría académica y antigüedad en dicha categoría.
Defensa de la tesis doctoral
El acto de defensa de la tesis doctoral tendrá lugar en sesión pública durante el periodo lectivo del calendario académico.
La defensa de la tesis consistirá en la exposición por el doctorando o doctoranda de la metodología empleada, el contenido y las conclusiones de la tesis, haciendo especial mención de sus aportaciones originales.
La defensa de la tesis, además del castellano, podrá hacerse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea, garantizándose en este caso que el tribunal pueda evaluarla de forma adecuada y previa solicitud razonada dirigida a la Escuela de Doctorado, que estimara si procede lo solicitado.
Los miembros del tribunal deberán expresar su opinión sobre la tesis presentada y podrán formular cuantas cuestiones y objeciones consideren oportunas, a las que el doctorando tendrá que responder. Asimismo, los doctores presentes en el acto público podrán formular al doctorando cuestiones y objeciones en el momento y la forma que señale el presidente del tribunal, que indicará el tiempo que se establece para este fin.
El tribunal que evalúe la tesis dispondrá del documento de actividades del doctorando, a que se refiere el artículo 2.5 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna (Resolución de 17 de enero de 2013), con las actividades formativas llevadas a cabo por el doctorando. Este documento de seguimiento no dará lugar a una puntuación cuantitativa, pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral.
Conforme a lo establecido en el Art.. 2 del Real Decreto 534/2013, por el que se modifica la normativa de doctorado, el tribunal emitirá un informe y la calificación global concedida a la tesis de acuerdo a la siguiente escala: No apto, aprobado, notable y sobresaliente. El tribunal podrá otorgar la mención de cum laude si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.
Para ello la ULL habilitará los mecanismos precisos para la materialización de la concesión final de dicha mención garantizando que el escrutinio de los votos para dicha concesión se realice en sesión diferente a la correspondiente a la de defensa de la tesis doctoral.
En este sentido el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna (Resolución de 17 de enero de 2013) establece que en acto diferente y a puerta cerrada, celebrado el mismo día de la defensa de la tesis en cuestión, y en caso de darse las circunstancias anteriormente reseñadas, cada miembro del tribunal emitirá, mediante voto secreto, su opinión acerca de si la tesis presentada merece la mención de Cum Laude. El resultado de dicha votación se recogerá en un acta que será firmada por todos los miembros del tribunal y no se hará público. El tribunal sólo podrá proponer que la tesis obtenga la mención de Cum Laude si se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.
Recibidas ambas actas en la Escuela de Doctorado, el director de la misma resolverá, a la vista de la propuesta emitida por el tribunal que ha juzgado dicha tesis doctoral, sobre la concesión de la mención de Cum Laude a la tesis doctoral. En caso de resolución favorable a la concesión de la mención de Cum Laude, esta se incorporará al expediente del doctorando. Tras la emisión de la resolución correspondiente, esta será comunicada al interesado.
Modalidad de tesis por compendio de publicaciones
Podrán optar por la presentación de la tesis en modalidad de compendio de publicaciones aquellos doctorandos que, previamente a la presentación de su tesis y con la autorización expresa de su director, tengan publicados o aceptados para su publicación con fecha posterior a la de su matriculación en el programa de doctorado, un número mínimo de tres artículos con unidad temática en revistas científicas que figuren en la relación de revistas del Journal Citations Reports o estén indexadas en bases de reconocido prestigio, tales como Scopus, Latindex o similares, o sean de especial relevancia para su área o áreas afines, y que tengan relación con lo especificado en su plan de investigación.
La presentación de una tesis bajo esta modalidad deberá atenerse a lo siguiente: 1. Debe incluir una introducción general en la que se presenten los trabajos y se justifique la unidad temática, así como un resumen global de los objetivos de la investigación, de la metodología aplicada, de los resultados obtenidos, de la discusión de estos resultados y de las conclusiones finales. 2. Entre la introducción y el resumen mencionados, o bien como anexos, deberá figurar una copia completa de los trabajos donde consten necesariamente los datos personales de todos los autores, así como la referencia completa de la revista en la que los trabajos han sido publicados o, en su caso, la carta de aceptación. 3. En el momento que se haga el depósito de la tesis, se presentará en la Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna la siguiente documentación:
- Autorización del director de la tesis para su presentación en esta modalidad.
- Documento acreditativo del índice de impacto de las publicaciones de que consta la tesis o en su defecto aquel que acredite la relevancia del artículo dentro de la rama de conocimiento correspondiente, tales como IN-recs, DICE, evaluación positiva de la FECYT.
- Si se da el caso que alguno de los trabajos presentados se ha realizado en colaboración con otros investigadores que no sean los directores de la tesis, deberá presentarse documento en el que el director declare expresamente que la parte fundamental del trabajo recogido en los artículos ha sido realizado por el autor de la tesis. Asimismo, deberá constar documento en el que los otros autores identificados como responsables de la publicación manifiesten su anuencia a que se empleen los artículos correspondientes para la presentación de la tesis bajo esta modalidad.
4. Los artículos que integren una tesis de esta modalidad no podrán ser incluidos como parte de ninguna otra. 5. En ningún caso los coautores de los trabajos presentados podrán ser propuestos como miembros del tribunal que ha de juzgar la tesis. La Escuela de Doctorado de la Universidad de La Laguna llevará un registro de los artículos presentados como soporte de tesis doctorales en la modalidad de compendio de publicaciones, a los efectos de lo dispuesto en este artículo.
Mención Internacional en el título de Doctor
El título de Doctor podrá incluir en su anverso la mención «Doctor internacional», siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- Que durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el director y autorizadas por la comisión académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando.
- Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
- Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española.
- Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.
La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la propia universidad española en la que el doctorando estuviera inscrito, o, en el caso de programas de doctorado conjuntos, en cualquiera de las universidades participantes o en los términos que identifiquen los convenios de colaboración.
Premios Extraordinarios de Doctorado
La Universidad de la Laguna convocará anualmente, de acuerdo a lo que se regule en la normativa correspondiente, premios extraordinarios de doctorado.