Seguimiento del doctorando
a) Descripción del procedimiento utilizado para la designación de tutor y director de tesis del doctorando.
La Comisión Académica del programa se encargará de la asignación y coordinación de los tutores y directores de doctorado vinculados al programa y se ocupará de la validación de los itinerarios formativos y de investigación propuestos por los mismos. Asimismo, desarrollará iniciativas de formación para el equipo de tutores acerca del propio modelo de tutoría de doctorado, así como sobre el desarrollo de los planes de tutoría que materializan su actividad.
La comisión académica del programa, tras escuchar al doctorando, podrá asignar un nuevo tutor siempre que concurran causas justificadas.
El tutor
El Tutor será personal docente o investigador de cualquiera de las Universidades integradas en el programa de doctorado, asignado, con su conformidad previa, por la Comisión académica del programa. Debe ser un doctor con experiencia investigadora acreditada.
El Tutor de doctorado tendrá por competencias: acoger al doctorando, diseñar y proponer un itinerario formativo e investigador individualizado, asegurarse su seguimiento, ayudarle a encontrar un director de tesis y orientarle y proporcionarle apoyo durante el primer curso académico del programa de doctorado, particularmente durante el primer semestre del mismo. Para el doctorando, el Tutor de doctorado será un referente académico especialmente en el inicio del programa y coordinará la interacción de éste con la comisión académica del programa.
Una vez haya constatado que el doctorando esté completando adecuadamente el itinerario formativo establecido para él, el Tutor velará por identificar al profesor o investigador que pueda ejercer las funciones de Director de la tesis doctoral del doctorando. Además, con el apoyo de la Comisión académica del programa, el Tutor facilitará la adscripción del doctorando a su futuro Director. El propio Tutor, asignado inicialmente al doctorando, podrá asumir las funciones de Director de tesis cuando la temática de la tesis y los intereses del doctorando así lo requieran.
El director de tesis
La comisión académica del programa asignará un director de tesis a cada doctorando en un plazo máximo de 6 meses desde la primera matrícula. La Comisión académica del programa valorará la experiencia previa en la dirección de planes de investigación y tesis doctorales y la disponibilidad del Director para asumir la dirección. También se asegurará la conformidad tanto del futuro Director de tesis, como del propio doctorando. La Dirección de una tesis doctoral quedará condicionada a que el candidato complete satisfactoriamente los complementos formativos, si los hubiere, elabore el Plan de investigación y éste sea aprobado en el primer curso académico del programa de doctorado.
El Director de tesis es el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de la formación en investigación y en competencias transversales del doctorando. Como requisito básico se le exigirá al potencial Director los correspondientes requisitos exigidos por la normativa vigente en las distintas universidades, en el caso de que no estén contenidos en los requisitos para acreditar la experiencia investigadora como se ha indicado en el punto anterior.
El Director de tesis colaborará con el doctorando para alcanzar, primeramente, la presentación y aprobación del Plan de investigación doctoral y, posteriormente, la elaboración y la defensa de la tesis doctoral, de acuerdo con los procedimientos y plazos que se hayan establecido en la normativa que es de aplicación. El Director de tesis seguirá con regularidad el Plan de investigación del doctorando, guiándolo y orientándolo mientras lo desarrolle. A medida que vaya avanzando en el desarrollo del Plan, procurará que el doctorando vaya tomando la iniciativa y ganando autonomía. El Director de tesis velará por que el Plan de investigación tenga un carácter original, formador e innovador, y que sea realizable en los términos que se haya propuesto, así como que éste sea coherente con la línea de investigación a la que se haya vinculado.
El Director de tesis será, en definitiva, el principal referente académico del doctorando en la Universidad, una vez éste haya completado las actividades que se hayan podido incorporar a su itinerario formativo personal durante el primer semestre del programa de doctorado. En el caso de los doctorandos que sean beneficiarios de becas predoctorales competitivas, el Director también será responsable de la actividad que el becario desarrolle en el seno de la institución. El Director de tesis se ocupará de apoyarle y orientarle sobre las estancias temporales en otras instituciones de educación superior o centros de investigación, sobre su participación en proyectos de investigación, sobre la publicación y difusión de los resultados que obtenga en su investigación y sobre el desarrollo de cualquier otra iniciativa de investigación que seconsidere relevante llevar a cabo.
Una vez asignado el director, se firmará la Carta de Doctorado, un documento de compromiso que establece los derechos y obligaciones del doctorado. La Carta de Doctorado que será firmada por el doctorando, el director de la tesis, el tutor y el coordinador de la Comisión Académica del Programa de Doctorado, recogerá los siguientes contenidos:
- el programa de doctorado con especificación, cuando de un programa conjunto se trate, de las universidades que participan en él;
- el tutor y director asignado;
- la condición de doctorando a tiempo completo o a tiempo parcial;
- las actividades a realizar para superar el periodo investigador y, en su caso, los complementos de formación a cursar;
- el plazo de que dispone el doctorando para proceder a la lectura de la tesis;
- las condiciones para la autorización de la lectura de la tesis;
- los medios de impugnación y resolución de eventuales conflictos;
- los derechos de propiedad intelectual que le puedan corresponder respecto de los trabajos efectuados durante su formación.
b) Procedimiento de control de registro de actividades de cada doctorando y la certificación de sus datos.
El itinerario formativo del doctorando, el Plan de investigación y la tesis doctoral quedan recogidos en el expediente académico de la Escuela de Doctorado responsable del programa.
Tras la primera matrícula del doctorando, se generará y mantendrá un documento individualizado de actividades, el Documento de actividades del doctorando (DAD), donde figurarán todas aquellas relacionadas con su vida académica. En particular, se recogerá el plan de investigación que el doctorando debe elaborar antes de finalizar el primer año. Este plan, que podrá ser mejorado a lo largo de los estudios de doctorado, tiene que ser avalado por el tutor y por el director, y debe incluir lametodología que se utilizará, así como los objetivos que se desean alcanzar con la investigación. Además de esto, figurarán en el DAD las actividades de formación realizadas, las publicaciones, las estancias en otros centros, ayudas o becas, participación en congresos y seminarios, etc. Así mismo, se incluirán los cambios de tutor o director.
Se procurara que el DAD sea un registro electrónico, custodiado por la Escuela de Doctorado responsable correspondiente a la Universidad coordinadora. Cada Universidad participante conservará copia del DAD de los doctorandos que pertenezcan a ella. Tanto el doctorando, como el tutor y director asignado y los miembros de la Comisión Académica tendrán acceso al DAD. El DAD será un instrumento de evaluación continuada del investigador en formación e incluirá evidencias de su formación en investigación y en competencias transversales. Por este motivo, se entregará a todos los miembros del tribunal de tesis.
c) Procedimiento para la valoración anual del Plan de investigación y el registro de actividades del doctorando.
La comisión académica local elaborará un informe que hará llegar a la Comisión académica, valorando el Plan de investigación presentado por el doctorando y
propondrá, de manera motivada, su aprobación o no, si bien la decisión sobre ésta y otras evaluaciones recae exclusivamente en la Comisión académica del programa.
El tutor y el director revisarán regularmente el documento de actividades del doctorando y la Comisión Académica del programa lo evaluará anualmente, de acuerdo con el calendario que establecerá la Escuela de Doctorado. Dichos informes se incorporarán al documento de actividades.
Para la realización de estos informes, la Comisión académica local del programa nombrará una comisión formada por tres profesores del programa, ante la que cada doctorando expondrá, de modo breve, las actividades llevadas a cabo, los avances en la investigación y las posibles desviaciones del plan de investigación. Dicha comisión podrá incluir un experto internacional en los casos en que la temática de la investigación o la evolución de la misma lo haga aconsejable.
La comisión académica local emitirá informes sobre el progreso de la investigación doctoral para proporcionar información relevante a la Comisión académica del programa en el desempeño de sus funciones de seguimiento y evaluación de la actividad llevada a cabo por el doctorando.
A partir de estos informes, y de las evidencias aportadas por los doctorandos en su documento de actividades, la Comisión académica determinará si procede la matrícula del doctorando en el curso académico siguiente.
Cuando el doctorando haya finalizado la elaboración de la tesis, siempre de acuerdo con los plazos establecidos en la normativa de permanencia del doctorado, la comisión académica local realizará un informe final de este trabajo y, si procede, otorgará su petición, razonada, para solicitar el depósito de la misma a la Comisión académica del programa. A la vista de estos informes y del documento de actividades, la Comisión académica podrá admitir o no el depósito de la tesis. En el caso de que no existan publicaciones previas sobre los resultados de la tesis en revistas del JCR de uno de los ámbitos de matemáticas, la Comisión académica podrá nombrar dos informadores independientes, expertos en el ámbito de la tesis doctoral, para que hagan llegar una evaluación de la tesis que será tenida en cuenta por la Comisión académica antes de autorizar la lectura de la misma.
d) Previsión de estancias de los doctorandos en otros centros de formación, nacionales e internacionales, cotutelas y menciones europeas.
El director propiciará la realización de estancias de investigación del doctorando en centros nacionales e internacionales, sugiriendo los más adecuados y facilitando la
integración del doctorando en el mismo.
Desde el programa se fomentará la internacionalización, tanto a través de convenios de cotutela como a través de la colaboración con investigadores de otros países y entre profesores de las distintas universidades participantes. También se procurará que un alto porcentaje de tesis se defiendan en la modalidad de doctorado internacional.