Supervisión de tesis
La propuesta de programa de doctorado en Química e Ingeniería Química ha tenido en cuenta que los procedimientos de seguimiento del doctorando y de supervisión de la tesis doctoral sean adecuados para asegurar que el estudiante adquiere las competencias definidas en el programa de doctorado. Dichos procedimientos emanan y están acordes con el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y la Resolución de 17 de enero de 2013, por la que se dispone la publicación del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna.
El Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna describe en su artículo 10, puntos 3 y 4, las actividades previstas para fomentar la dirección o codirección, en aquellos casos justificados académicamente, para el desarrollo del programa. Así, la tesis podrá contar con otro director, que deberá cumplir los mismos requisitos establecidos para ser director de tesis en ese programa de doctorado, cuando concurran razones de índole académica, como puede ser el caso de la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional, previa autorización de la Comisión Académica. Asimismo, podrá asumir las funciones de codirector un investigador novel o un profesor o investigador con un mínimo de experiencia investigadora que no reúna los requisitos establecidos para ser director de tesis. En todo caso, deberá tener relación funcionarial o contractual con la universidad u organismo que colabore en el desarrollo del programa.
Tradicionalmente, en el área de Química e Ingeniería Química de la Universidad de La Laguna la implicación del profesorado en la dirección de Tesis ha sido muy alta. Una gran mayoría del profesorado de dichas áreas se ha comprometido con el programa de doctorado y ha mostrado su interés por dirigir tesis doctorales, existiendo mayor oferta por parte de los directores que demanda por parte de posibles doctorandos, a pesar de que el número de éstos últimos se ha mantenido o incluso ha aumentado en los últimos años.
Sin embargo, con el fin de incentivar la realización de Tesis de mayor calidad y de contenido más transversal, se ha previsto la realización de reuniones periódicas de información y coordinación entre los posibles directores del programa. El objetivo es mantener informados a los posibles directores de los cambios normativos, oportunidades de realización de Tesis en co-tutela o con mención internacional, etc.
Estas reuniones serán organizadas tanto por la Escuela de Doctorado como por la Comisión Académica del Programa.
Además, se fomentan las labores de dirección a través del reconocimiento de las mismas en los encargos docentes dentro de su normativa el Modelo para la Estimación del Encargo Docente de las Áreas en las Nuevas Titulaciones de Grado y Posgrado de la Universidad de La Laguna. En dicha norma se establece una reducción de carga docente de hasta 3 créditos por dirección de tesis. Dicha normativa se puede consultar aquí.
Al margen de los mecanismos de información y reconocimiento/cómputo de las labores de tutorización/dirección a los que se ha aludido anteriormente, la Universidad de La Laguna ha contemplado sistemas para fomentar la incorporación de investigadores noveles o profesorado con resultados de investigación que no les permiten actuar como directores de tesis, ya que no han sido validados por reconocimientos de evaluaciones de méritos investigadores. En este sentido el propio Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado en su artículo 10, apartado 4 establece que: «Sin perjuicio de lo
señalado en el apartado anterior, podrá asumir las funciones de codirector un investigador novel o un profesor o investigador con un mínimo de experiencia investigadora que no reúna los requisitos establecidos para ser director de tesis. En todo caso, deberá tener relación funcionarial o contractual con la universidad u organismo que colabore en el desarrollo del programa. No podrá existir más de un codirector de este perfil». Se pretende que estos investigadores/profesores adquieran el nivel adecuado para poderse incorporar al programa como directores cuando reúnan las condiciones que establece la ULL en su Reglamento para poderlo ser.
Asimismo, en la última modificación del Reglamento de Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna, se recoge en los baremos correspondientes, dentro del bloque de actividad investigadora, como criterio de valoración el haber dirigido tesis doctorales.
Asimismo, la Universidad de La Laguna dispone de un modelo de Compromiso documental con el doctorando, estipulado por el artículo 21 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado para la dirección de tesis doctorales que define los derechos y los deberes respectivos y los compromisos recíprocos de los firmantes con el fin de asegurar el logro de los objetivos anteriormente definidos durante el periodo de elaboración de la tesis doctoral, siendo los firmantes de este documento, el doctorando, el director de tesis que orienta el proyecto de investigación (o tutor, si se da el caso) y el Vicerrector con competencias en estudios de doctorado.
Por último, el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la Universidad de La Laguna incluye el artículo 28 en el que hace referencia a la Mención Internacional. A partir de este artículo se ha desarrollado el Procedimiento para Solicitar la Mención Internacional en el título de doctor. A este respecto, se tiene prevista la participación de expertos internacionales en las comisiones de seguimiento, en la emisión de informes previos a la presentación de las tesis doctorales y en los tribunales de lectura de tesis.
En el artículo 30 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la ULL está previsto que en el Régimen de cotutela en la tesis doctoral entre la Universidad de La Laguna y una universidad de otro país, participen expertos de otros países con el objetivo de crear y desarrollar la cooperación científica entre equipos de investigación de ambas instituciones y facilitar la movilidad de los doctorandos.
Este programa de doctorado se adhiere a la European Charter for Research and Code of Conducte for Recruitment of Research, asumiendo los principios de libertad intelectual, praxis ética, responsabilidad profesional, gestión financiera transparente y eficaz de los fondos, corresponsabilidad de las instituciones en la adecuada divulgación de los resultados y el esfuerzo en la formación continua y el papel de los investigadores consolidados en la dinamización de los investigadores más jóvenes. Así mismo, la ULL garantizará los principios y derechos respectos al pluralismo, libertad ideológica y religiosa, la no discriminación por razones de etnia, nacionalidad o sexo, y la igualdad de oportunidades con especial atención a las personas discapacitadas, así como la confidencialidad en la custodia y tratamiento de datos personales de los doctorandos que obren en su poder.
Con respecto a la estancias en otros centros, co-tutelas y menciones internacionales, basándonos en la evolución que estas actividades han tenido en los últimos años, se prevé que el número de doctorandos que opten por ellas aumente.
El objetivo que se pretende es que al menos el 50% de los alumnos obtengan la mención internacional, que implica una estancia de al menos tres meses en otra institución extranjera.
Tal como se indicó en el contexto del programa, los distintos equipos de investigación tienen suscritos convenios de intercambio de personal con diversas instituciones no europeas, que se pueden consultar en este enlace para el doctorado, con países como Bélgica, Italia, Portugal, República Checa y Rumanía.
En la actualidad, se están transformando los convenios que se tienen con instituciones extranjeras para adecuarlos al programa Erasmus +. Ello permitirá una mayor flexibilidad a la hora de elegir un destino para realizar las estancias.