Grado en Maestro en Educación Infantil

Reconocimiento y transferencia de créditos

Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación por la universidad de los créditos obtenidos en una formación/experiencia previa, para su cómputo a efectos de la obtención de un título oficial. 

Atendiendo a lo establecido en la Memoria de Verificación/Modificación vigente de la titulación y a la normativa aplicable, se consideran los siguientes supuestos de reconocimiento de créditos: 

  • Enseñanzas oficiales universitarias
  • Enseñanzas superiores oficiales no universitarias 
  • Títulos propios universitarios (no se contempla)
  • Experiencia laboral y profesional acreditada (no se contempla)
  • Participación en actividades universitarias 
  • Participación en programas de movilidad nacional e internacional

En ningún caso se podrá reconocer el Trabajo de Fin de Grado.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, la Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos de la Facultad de Educación ha resuelto actualizar la Tabla de Reconocimiento de Créditos del Grado de Maestro en Educación Infantil. Para el curso 2024/25 el número de créditos reconocibles desde el Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil es de un máximo de 48 ECTS (tabla publicada en julio de 2024)En consecuencia, el estudiantado que haya iniciado estudios en el Grado de Maestro en Educación Infantil con anterioridad al curso 2024/25, y se le hayan reconocido asignaturas que figuraban en tablas de reconocimiento anteriores a la actual, no podrá obtener nuevos reconocimientos, si se supera el número máximo de 48 créditos reconocidos desde el Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil.

Así mismo, en cumplimiento del citado Real Decreto 822/2021, la Universidad de La Laguna publicó en el BOULL el 7 octubre de 2024 el nuevo Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de La Laguna, cuyo artículo 9.2 establece que:

Cuando se posea un título de técnico o técnica superior de formación profesional y exista una relación directa entre el título alegado y el de Grado, se garantizará un reconocimiento que no podrá tener una proporción menor al 15% ni mayor del 25% de la carga crediticia total, que se realizará entre las asignaturas o materias de carácter básico, obligatorio y optativo del Grado.

La Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos de la Facultad de Educación fijó en julio de 2024 que el número de créditos reconocibles desde el Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil es de un máximo de 48 ECTS. Este límite se ha determinado dentro del margen que fija el artículo 9.2 del nuevo reglamento, publicado el 7 de octubre de 2024, que establece una proporción no menor al 15% (36 ECTS) ni mayor al 25% (60 ECTS).

Por su parte, la transferencia de créditos constituye la anotación en los documentos académicos oficiales de la ULL acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la ULL o en otra universidad, que no hayan sido objeto de reconocimiento ni hayan conducido a la obtención de un título oficial.

El procedimiento para la solicitud de reconocimiento de créditos está disponible en la Sede Electrónica de la ULL.

Las tablas de reconocimiento de créditos están en proceso de actualización para su adecuación a las modificaciones del  Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de Créditos de la Universidad de La Laguna.