La Junta de Facultad es el órgano máximo de representación y gobierno de la Facultad de Ciencias con competencias propias en materia de organización, coordinación y gestión. Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
A fin de garantizar un funcionamiento más ágil y eficaz de la Facultad de Ciencias se han establecido las Secciones de Biología, Física, Matemáticas y Química. A efectos de organización interna se ha establecido que la adscripción de los títulos responsabilidad académica de la Facultad sea:
Se entiende que son miembros de las Secciones respectivas todo el personal docente e investigador que imparta docencia en las titulaciones adscritas a ellas, el alumnado que se encuentre matriculado en las correspondientes enseñanzas y el personal de administración y servicios que desempeñe en ellas sus funciones. De acuerdo con el Reglamento de Régimen interno (RRI) del centro, cada Sección tiene autonomía para organizar su régimen de funcionamiento interno, sin perjuicio de las competencias en materia de control contempladas en el RRI y atribuidas a la Junta de Facultad.
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Cada Sección cuenta con una Junta que estará presidida por la persona titular del Decanato, pudiendo delegar la presidencia en una de las personas que ocupe uno de los vicedecanatos. Asimismo, la Secretaría de cada Junta de Sección será ejercida por la persona que ocupe la de la Facultad, o por la persona que designe el titular del Decanato. Asimismo, cada Junta de Sección contará con un mínimo de miembros tal que permita su constitución, respetándose en su composición la proporción entre los distintos sectores que marca la normativa vigente. Las Juntas de Sección deberán incluir en su composición un 51% de miembros pertenecientes al personal docente e investigador con vinculación permanente, que incluirá a quienes ejerzan la Dirección de los departamentos con al menos el 25% de su docencia en la Sección correspondiente y sean miembros de la Junta de Facultad. Asimismo, contarán con un 9% del personal docente e investigador con vinculación no permanente, un 30% de miembros en representación del sector del alumnado y un 10% de representantes del personal de administración y servicios, que serán elegidos por sus respectivos sectores de entre sus miembros en la Junta de Facultad que hayan sido electos por la circunscripción electoral correspondiente. En todos los casos deberán ser miembros de la Junta de Facultad. La Junta de Facultad delega en las Juntas de Sección las competencias que se refieran exclusivamente a materias de interés propio de las respectivas Secciones, correspondiendo a cada Junta de Sección el conocimiento y resolución de cualquier otro asunto que la Junta de Facultad delegue expresamente en ella, con las salvedades recogidas en la normativa vigente. En las Juntas de Facultad de Ciencias se informará de los acuerdos adoptados por las Juntas de Sección celebradas previamente, pudiendo el Pleno revocar en todo momento la delegación efectuada, recuperando el ejercicio de las competencias delegadas.
Las Comisiones de la Facultad de Ciencias son:
Las Comisiones específicas de la Sección de Química, son:
En el siguiente enlace puede consultar la composición de todas las Comisiones de la Junta de Facultad de Ciencias en vigor y las de cursos previos.