Graduado/Graduada en Relaciones Laborales por la Universidad de La Laguna.
Facultad de Derecho. Universidad de La Laguna (ULL).
Presencial
Se realiza una estimación para los 4 primeros años de implantación del Título con base en los datos sobre primera matrícula de los cursos inmediatamente anteriores, la disponibilidad de aulas del centro y los requerimientos de las nuevas metodologías propiciadas por el Espacio Europeo de Educación Superior.
(*) El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna determinó que la oferta definitiva de plazas para esta titulación desde su implantación fuera de 150.
Las razones por las cuales, y a pesar del número de matriculados en los cursos precedentes, se ha decidido disminuir hasta 160 el número de admitidos, al menos, para los 4 primeros años de implantación del Grado, son las siguientes: en primer lugar, como todas las titulaciones de Grado de la Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas pasa a 4 años, es previsible que aquel alumnado que optaran por una titulación corta (una Diplomatura de 3 años) para ingresar antes en el mercado laboral, ya no tendrán esa motivación; en segundo lugar, para que la oferta de plazas corresponda más con la demanda en primera opción del estudiantado que optan por esta titulación, lo que comportará unos mejores índices de rendimiento por parte del alumnado. Y en tercer lugar, el hecho de tener un número muy elevado de estudiantes por grupo es incompatible con el nuevo método de enseñanzaaprendizaje que comporta el Espacio Europeo de Educación Superior, siempre que se pretenda realizar de forma correcta, con la finalidad de que suponga una mejora tanto de la docencia, como de los resultados-rendimiento por parte del alumnado.
El número mínimo de créditos de los que deberán matricularse el alumnado que inicie la Titulación se fija anualmente a través de un Decreto de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias. En virtud del alto número de estudiantes que compagina estos estudios con otras actividades, se implantará un régimen de matrícula a tiempo completo y otro a tiempo parcial, para facilitar que cursen estos estudios personas ya incorporadas al mercado laboral, para favorecer su promoción o para consolidar su puesto de trabajo
El alumnado que continúe sus estudios podrán matricularse del número de créditos ECTS y asignaturas que deseen, de acuerdo con la norma autonómica señalada.
Las únicas reglas aplicables serán las obligaciones académicas que establezca el plan de estudios: ordenación temporal de los estudios, requisitos o prerrequisitos, compatibilidad horaria de las asignaturas matriculadas, etc.
La ULL tiene unas normas de matrícula de carácter genérico, que atienden a otras circunstancias del alumnado y que se recogen en una Circular de Secretaría General que se publica para cada curso académico en el mes de julio. Estas normas quedan, a su vez, supeditadas, a las normas que sobre la materia aprueben el Gobierno Autónomo o la Universidad de La Laguna.
La Ley Orgánica de Universidades (Ley 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la LO 4/2007, de 12 de abril) en su artículo 46 atribuye las competencias sobre la permanencia en la Universidad al Consejo Social. En este sentido, el Consejo Social de la ULL ha aprobado desde 1986 distintas resoluciones que se mantienen en vigor en la fecha actual. En la sesión celebrada el 26 de abril de 1999 se aprobó la creación de una “Comisión de normas de permanencia del alumnado”. Mientras no estuviese concluido el trabajo de la comisión, y a los efectos de establecer unos criterios comunes de interpretación de las citadas resoluciones del Consejo Social por parte de las Secretarías de los Centros, Secretaría General y Consejo Social, se dictó una circular conjunta, con carácter transitorio que desde entonces regula la permanencia del alumnado de la Universidad de La Laguna. Esta Circular establece la permanencia del alumnado de primer curso (deben aprobar al menos una asignatura), la limitación de convocatorias de exámenes a un máximo de 6 ordinarias y regula el “nacimiento del derecho a la séptima convocatoria”, que puede conceder el propio Consejo Social. En la actualidad el Consejo Social de La Laguna está regulando un nuevo régimen de permanencia.
(*) Finalmente, el Consejo Social aprobó la normativa reglamentaria en la materia el pasado 25 de junio de 2012.
Desde el curso 1999/2000, el Vicerrectorado de Alumnado de la Universidad de La Laguna ha puesto en marcha el Programa de Atención a Estudiantes con Discapacidad, con el objetivo de garantizar la igualdad de condiciones del estudiantado con discapacidad con las del resto de estudiantes, integrando a estas personas en la Universidad en todos los aspectos que afecten a los estudios y la vida universitaria. Para ello anualmente se realizan una serie de proyectos y actuaciones que se resumen en:
Rama de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas.
Naturaleza de la institución que ha conferido el título: Institución Pública.
Profesiones para las que capacita una vez obtenido el título: La profesión de Graduado/a Social.
Lengua utilizada a lo largo del proceso formativo: Español.
Sin embargo, distintas actividades dentro de cada asignatura se impartirán en inglés y/o en otro idioma europeo, constituyendo las actividades en idioma extranjero un mínimo de 12 créditos ECTS.