El acceso es el conjunto de requisitos necesarios para cursar las enseñanzas universitarias. Su cumplimiento es previo a la admisión a los estudios a cursar.
El artículo 16 denominado “Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster” del capítulo IV “Enseñanzas universitarias oficiales de Máster” del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado en su apartado 1 por el artículo 9 del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, dice textualmente:
1. Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español.
2. Al ser un máster de carácter habilitante para el ejercicio de una profesión, podrán acceder los titulados extranjeros que dispongan de la homologación o equivalencia a los correspondientes títulos oficiales españoles que dan acceso a estos estudios de posgrado (RD 967/2014 de 21 de noviembre).
Los estudiantes con títulos extranjeros no homologados, cuyas enseñanzas hayan sido cursadas en universidades o instituciones de educación superior fuera de España, tienen que disponer de la Homologación o Equivalencia del MECD del título extranjero con el que pretende acceder, antes de realizar la solicitud de preinscripción.
Además, la Universidad de La Laguna en cumplimiento de las disposiciones del Decreto 168/2008, de 22 de julio (Boletín Oficial de Canarias núm. 154, de 1 de agosto) establece que para acceder a este máster será requisito indispensable la acreditación de un nivel B1 de inglés. Consulta los documentos reconocidos como justificación de conocimientos de idioma. Además, puede consultar en el siguiente listado las asignaturas que ULL y ULPGC, a efectos de matrícula en un máster universitario de la Universidad de La Laguna, conlleva la adquisición de un nivel B1 de inglés.
Además, puede consultar el Convenio de colaboración entre la ULL y la ULPGC para el reconocimiento recíproco de Certificados de Acreditación de competencias en idioma extranjero del nivel B1 y exoneración de asignaturas como requisito académico que posibilite la admisión en títulos de Máster (para visualizar el documento, pinche aquí).
Consulta en el siguiente enlace la relación de titulaciones oficiales de Grado de la ULL cuya finalización reconoce la superación de competencias en idioma extranjero (al menos de nivel B1) y la relación de asignaturas de los diferentes títulos oficiales de Grado de la ULL cuya superación supone alcanzar competencias en idioma extranjero (nivel B1).
La admisión es la adjudicación de las plazas ofrecidas por la ULL para cursar enseñanzas oficiales universitarias entre quienes, cumpliendo los requisitos de acceso, anteriormente indicados (Graduado/Licenciado y/o titulación extranjera homologada), las han solicitado.
La admisión se realiza a través del procedimiento establecido para ello en la Normativa de la ULL. El alumno/a deberá adjuntar todos los documentos oficiales que acrediten el perfil requerido para el acceso, su expediente académico y su currículum vitae, a través de los cuales será evaluado para su admisión en el máster de acuerdo a criterios de igualdad, mérito y capacidad.
El órgano responsable de la admisión que baremará las solicitudes será la Comisión Académica del título, cuya composición viene determinada en el artículo 30 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de La Laguna. El artículo 31 del citado reglamento señala que la propuesta de admisión del alumnado es una de las funciones de la Comisión Académica.
La admisión es un trámite previo obligatorio para poder efectuar la matrícula en los estudios de Máster en Abogacía. Ambos procesos estarán sujetos a la normativa aplicable en esta Universidad y en concreto a los siguientes requisitos:
a) Los alumnos interesados en cursar este programa deberán realizar una preinscripción en la ULL dentro del plazo establecido por ésta.
b) Tal y como se expuso en el apartado anterior, los alumnos solicitantes deberán estar en posesión del título universitario oficial español de Licenciado o Graduado en Derecho u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior, que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.
c) También podrán solicitar su admisión los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la universidad en que soliciten la matrícula que aquéllos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas del Master en Abogacía.
d) En caso de que exista un número de solicitantes superior al de las plazas ofertadas, se ordenarán las solicitudes de los alumnos en posesión del Grado o Licenciatura en Derecho principalmente por orden de expediente académico, en combinación con otras titulaciones oficiales afines que posean los solicitantes.
Baremo.
Para proceder a la admisión y valoración de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios y méritos:
– Expediente académico en el Grado o Licenciatura en Derecho hasta 10 puntos.
En caso de igualdad de nota en el expediente, se procederá a valorar el resto de los méritos acreditados de los candidatos.
La matrícula es el instrumento formal a través del que se adquiere la condición de estudiante universitario. El alumno/a que desea cursar el Máster, antes de realizar la matrícula, debe reunir los requisitos de acceso y haber obtenido plaza a través del proceso de admisión.
La instrucción de acceso, admisión y matrícula que se publica anualmente contiene la información necesaria para el correcto desarrollo del proceso (modalidades, periodos, calendario, documentación a entregar, formas de pago,…).