El acceso es el conjunto de requisitos necesarios para cursar las enseñanzas universitarias. Su cumplimiento es previo a la admisión a los estudios a cursar.
El artículo 16 denominado “Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster” del capítulo IV “Enseñanzas universitarias oficiales de Máster” del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado en su apartado 1 por el artículo 9 del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, dice textualmente:
1. Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.
2. Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de máster.
Además, la Universidad de La Laguna en cumplimiento de las disposiciones del Decreto 168/2008, de 22 de julio (Boletín Oficial de Canarias núm. 154, de 1 de agosto) establece que para acceder a este máster será requisito indispensable la acreditación de un nivel B1 de inglés. Consulta los documentos reconocidos como justificación de conocimientos de idioma. Además, puede consultar en el siguiente listado las asignaturas que ULL y ULPGC, a efectos de matrícula en un máster universitario de la Universidad de La Laguna, conlleva la adquisición de un nivel B1 de inglés.
Además, puede consultar el Convenio de colaboración entre la ULL y la ULPGC para el reconocimiento recíproco de Certificados de Acreditación de competencias en idioma extranjero del nivel B1 y exoneración de asignaturas como requisito académico que posibilite la admisión en títulos de Máster (para visualizar el documento, pinche aquí).
Consulta en el siguiente enlace la relación de titulaciones oficiales de Grado de la ULL cuya finalización reconoce la superación de competencias en idioma extranjero (al menos de nivel B1) y la relación de asignaturas de los diferentes títulos oficiales de Grado de la ULL cuya superación supone alcanzar competencias en idioma extranjero (nivel B1).
La admisión es la adjudicación de las plazas ofrecidas por la ULL para cursar enseñanzas oficiales universitarias entre quienes, cumpliendo los requisitos de acceso, anteriormente indicados (Graduado/Licenciado y/o titulación extranjera homologada y el B1 de inglés), las han solicitado.
La admisión se realiza a través del procedimiento establecido para ello en la Normativa de la ULL. El alumno/a deberá adjuntar todos los documentos oficiales que acrediten el perfil requerido para el acceso, su expediente académico y su currículum vitae, a través de los cuales será evaluado para su admisión en el máster de acuerdo a criterios de igualdad, mérito y capacidad.
El órgano responsable de la admisión que baremará las solicitudes será la Comisión Académica del título, cuya composición viene determinada en el artículo 30 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de La Laguna. El artículo 31 del citado reglamento señala que la propuesta de admisión del alumnado es una de las funciones de la Comisión Académica.
Al solicitar el ingreso, el estudiante deberá marcar, por orden de preferencia, hasta 2 especialidades en las que desea ser admitido. Las plazas dentro de cada especialidad se cubrirán por el siguiente procedimiento:
1. Para cada una de las especialidades, las primeras 20 plazas se cubrirán por los alumnos que han solicitado dicha especialidad en primera peferencia, según el siguiente baremo numérico (en el caso de que un alumno tuviese más de una titulación, se le puntuaría siempre la más favorable):
a) Especialidad en Tecnología Electromecánica:
b) Especialidad en Ingeniería Química:
c) Especialidad en Automática y Robótica y Especialidad en Electrónica Industrial:
El resto de alumnos serán asignados a la especialidad que hayan indicado en segunda preferencia.
2. Si tras esta asignación inicial quedaran plazas vacantes en alguna especialidad, las mismas se asignarán a la titulación más demandada en primera preferencia, y serán ocupadas, siguiendo el orden del baremo, por aquellos alumnos que la hayan solicitado en primera preferencia y que se hubiesen quedado fuera en el reparto inicial.
Cualquier candidato que posea un título extranjero equiparable al Grado en Ingeniería Industrial, deberá solicitar y obtener la homologación del mismo. Toda la información relevante a dicho proceso y el pago de tasas correspondientes podrá consultarse en:
http://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-extranjeros/homologacion-educacion-superior.html
La iniciación del proceso de homologación no es aceptable como prerrequisito. El candidato sólo podrá inscribirse una vez obtenida la homologación al Grado de Ingeniería Industrial.
La matrícula es el instrumento formal a través del que se adquiere la condición de estudiante universitario. El alumno/a que desea cursar el Máster, antes de realizar la matrícula, debe reunir los requisitos de acceso y haber obtenido plaza a través del proceso de admisión.
La instrucción de acceso, admisión y matrícula que se publica anualmente contiene la información necesaria para el correcto desarrollo del proceso (modalidades, periodos, calendario, documentación a entregar, formas de pago,…).