El acceso es el conjunto de requisitos necesarios para cursar las enseñanzas universitarias. Su cumplimiento es previo a la admisión a los estudios a cursar.
El Máster Universitario en Investigación en Filosofía está dirigido a:
1. Graduados y Licenciados en Filosofía.
2. Graduados y Licenciados en el área de las ciencias sociales, filologías y humanidades.
3. Otros graduados o titulados de procedencia diversa con titulación equivalente o superior al grado.
Para los perfiles 2 y 3 de ingreso, la Comisión Académica estudiará la coherencia formativa de los estudios (no filosóficos) realizados, que en función de la Especialización del Máster elegida, podrá reorientar los itinerarios formativos elegidos. Esta reorientación no tiene carácter preceptivo sino orientativo, dado que no proceden los complementos formativos en el acceso al máster.
No obstante, se podrá acceder al Máster en cada uno de los siguientes casos:
a. Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster.
b. Los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al EEES podrán acceder a los estudios oficiales de Máster sin necesidad de homologar sus títulos. Previamente, la Universidad deberá comprobar que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que la titulación obtenida faculta, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
c. Para el acceso a los estudios de Máster, quienes acrediten poseer un título extranjero no homologado en España, deberán solicitar, con antelación al proceso de admisión, la comprobación del nivel de formación equivalente de sus estudios con una de las titulaciones oficiales españolas.
La solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se elevará a las Comisiones de Ramas de Conocimiento, quienes resolverán las solicitudes. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula. Puede consultar aquí los documentos reconocidos como justificación de conocimientos del idioma. Además, puede consultar el Convenio de colaboración entre la ULL y la ULPGC para el reconocimiento recíproco de Certificados de Acreditación de competencias en idioma extranjero del nivel B1 y exoneración de asignaturas como requisito académico que posibilite la admisión en títulos de Máster (para visualizar el documento, pinche aquí).
Consulta en el siguiente enlace la relación de titulaciones oficiales de Grado de la ULL cuya finalización reconoce la superación de competencias en idioma extranjero (al menos de nivel B1) y la relación de asignaturas de los diferentes títulos oficiales de Grado de la ULL cuya superación supone alcanzar competencias en idioma extranjero (nivel B1).
Además, la Universidad de La Laguna en cumplimiento de las disposiciones del Decreto 168/2008, de 22 de julio (Boletín Oficial de Canarias núm. 154, de 1 de agosto) establece que para acceder a este máster será requisito indispensable la acreditación de un nivel B1 de inglés. Consulta los documentos reconocidos como justificación de conocimientos de idioma. Además, puede consultar en el siguiente listado las asignaturas que ULL y ULPGC, a efectos de matrícula en un máster universitario de la Universidad de La Laguna, conlleva la adquisición de un nivel B1 de inglés.
La admisión es la adjudicación de las plazas ofrecidas por la ULL para cursar enseñanzas oficiales universitarias entre quienes, cumpliendo los requisitos de acceso, anteriormente indicados (Graduado/Licenciado y/o titulación extranjera homologada y el B1 de inglés), las han solicitado.
La admisión se realiza a través del procedimiento establecido para ello en la Normativa de la ULL. El alumno/a deberá adjuntar todos los documentos oficiales que acrediten el perfil requerido para el acceso, su expediente académico y su currículum vitae, a través de los cuales será evaluado para su admisión en el máster de acuerdo a criterios de igualdad, mérito y capacidad.
El órgano responsable de la admisión que baremará las solicitudes será la Comisión Académica del título, cuya composición viene determinada en el artículo 30 del Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de La Laguna. El artículo 31 del citado reglamento señala que la propuesta de admisión del alumnado es una de las funciones de la Comisión Académica.
En cuanto a los criterios de admisión, conforme a los Reglamentos de las diferentes universidades que integran el Programa, la admisión en un Máster la decidirán los centros a propuesta de la Comisión Académica Interuniversitaria del Máster, que estará compuesta por 11 miembros que se distribuirán entre las universidades (en función del número de profesores de cada universidad que participan), del siguiente modo:
Número de miembros por universidad:
Por otra parte, en cada universidad habrá un coordinador-responsable del Máster, siendo el de la Universidad de Murcia el que asuma, además, la coordinación general.
Uno de los miembros de la Comisión por cada universidad será el representante del Centro en el que se imparte el Máster.
En el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, la selección de los admitidos la realizará la Comisión académica del Máster, que utilizará los criterios siguientes:
En todo caso, la admisión en los estudios será decidida por el Centro a propuesta de la Comisión Académica del Máster.
El Centro hará públicas las listas de admitidos en el Máster una vez recibida la propuesta de la Comisión Académica del mismo.
Los estudiantes deberán presentar solicitud de admisión a enseñanzas oficiales de Máster, y tras la admisión en el máster correspondiente, procederán a formalizar su matrícula en la forma, plazos y con los requisitos que se establezcan en las normas e instrucciones de admisión y matrícula que a estos efectos se aprobarán mediante resolución del Rector o Rectora para cada curso académico.
La admisión no implicará, en ningún caso, modificación alguna de los efectos académicos y, en su caso, profesionales que correspondan al título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Máster.
La matrícula es el instrumento formal a través del que se adquiere la condición de estudiante universitario. El alumno/a que desea cursar el Máster, antes de realizar la matrícula, debe reunir los requisitos de acceso y haber obtenido plaza a través del proceso de admisión.
La instrucción de acceso, admisión y matrícula que se publica anualmente contiene la información necesaria para el correcto desarrollo del proceso (modalidades, periodos, calendario, documentación a entregar, formas de pago,…).