El Consejo de Gobierno de la Universidad de la Laguna autorizó en su última reunión, celebrada la pasada semana, la puesta en marcha de varios contratos plurianuales, que han sido gestionados por la Gerencia del centro universitario. Al tratarse de gastos que afectan a varios ejercicios, se necesita acuerdo expreso del órgano colegiado para su ratificación.
El primero de ellos tiene que ver con la instalación de un ascensor en el Bloque O de la Sección de Biología, pertenenciente a la Facultad de Ciencias. La obra comprenderá los ejercicios de 2018 y 2019 y se pretende llevar a cabo en un plazo de seis meses, con un importe total de 67.316 euros distribuidos en las dos anualidades.
Otro de los contratos plurianuales que recibió el visto bueno del órgano colegiado fue la electrificación y acondicionamiento de aulas del Módulo B de la Facultad de Educación, por un importe total de 366.258 euros, IGIC excluido, también distribuido en dos anualidades y con un plazo previsto de ejecución de cinco meses. En este caso, se trata de un edificio de 1968, que compone en lateral izquierdo del Edificio Central y que se distribuye en cuatro plantas más un semisótano, impartiéndose clases en todas ellas.
Dada la longevidad del inmueble, explicó la gerente, Lidia Pereira Saavedra, se han ido realizando obras parciales sobre el sistema eléctrico, pero ninguna de forma integral, lo que hace que muchas de sus aulas no dispongan de tomas de corriente suficientes para la impartición de las clases y además los parámetros lumínicos para la docencia no son tampoco los adecuados.
Así, el proyecto plantea la mejora de las instalaciones existentes con la incorporación de falsos techos, que mejoran las condiciones acústicas de las aulas y que se verá culminado con la pintura de paredes y pasillos del edificio. El tercer contrato que recibió el visto bueno del órgano colegiado tiene que ver con el suministro de energía eléctrica de baja tensión para las instalaciones del centro académico, dotado con 218.937 euros y un plazo de ejecución previsto de doce meses.
Pagos a justificar
La gerente también llevó a Consejo de Gobierno la modificación del Reglamento de Pagos a Justificar, que fue aprobado en julio de 2016. Señaló que el tiempo transcurrido desde su puesta en vigor ha evidenciado la pertinencia de una leve revisión para adaptarlo a las necesidades de gestión y funcionamiento y, concretamente, la necesidad de ampliar los plazos para los pagos a justificar vinculados a desplazamientos y pagos en el extranjero, en los que no sea posible justificar antes de final de año por tener continuidad la actividad en curso de realización en el ejercicio siguiente.
El órgano de gobierno expresó su conformidad con esta modificación, de tal modo que ahora el citado reglamento indica que en lo que se refiere a los pagos a justificar recibidos en el último trimestre del año, la justificación se deberá realizar antes de la fecha que determine el calendario de cierre y, en todo caso, antes del 31 de diciembre del ejercicio corriente, salvo para aquellos pagos en el extranjero para los que se autorice expresamente, dentro del límite máximo de seis meses.
Igualmente, se señala que dentro del plazo de los tres meses disponibles para justificar un pago y, siempre y cuando se acompañe memoria justificativa, podrá proponerse una ampliación del importe del pago a justificar existente. En dicho caso, se ampliará un mes de plazo de justificación respecto del plazo inicial, que en ningún caso podrá superar los seis meses. La fecha de ampliación no podrá ser posterior a la fecha fijada en el calendario de cierre, ni posterior a 31 de diciembre del ejercicio corriente, salvo lo que expresamente se autorice para los pagos en el extranjero dentro del límite máximo de seis meses. También se explicita, tras esta modificación que los fondos abonados mediante el procedimiento de pagos a justificar podrán destinarse a una finalidad distinta a aquella para la que fueron concedidos.
Retribuciones
La gerente del centro académico también recibió la conformidad del órgano colegiado para modificar un artículo de las bases de ejecución del presupuesto de 2018 de esta institución. Dado que el personal de las universidades no es personal propio de la Administración de la comunidad autónoma, Lidia Pereira explicó que se han aplicado tradicionalmente los cambios en las retribuciones siguiendo la regulación establecida en cada Ley de Prepuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Así, añadió que en caso de disponer de crédito suficiente para acometer al abono del 100% del complemento específico en las pagas de junio y diciembre para todo el personal de la universidad, el colectivo del personal laboral de administración y servicios no podría percibir la cuantía equivalente a la totalidad de complemento específico para el personal funcionario, si se mantiene el criterio adoptado por la comunidad autónoma para su personal laboral. Por tanto, teniendo en cuenta el cumplimiento de las exigencias del objetivo de déficit, deuda y regla del gasto, y en virtud de la autonomía universitaria y en caso de existencia de crédito, la Universidad de La Laguna realizará las actuaciones oportunas para que las retribuciones del personal funcionario, así como interinos y contratados, se ajusten al marco establecido por la normativa básica estatal, Ley de Presupuestos, a regulación específica para las universidades canarias.