Dulce Mª Cairós Barreto, profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y anterior Secretaria General de la Universidad de La Laguna, impartió recientemente la conferencia de apertura de las XIX Jornadas de las Inspecciones de Servicios de las Universidades, celebradas en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en el seno de la comisión sectorial de Secretarías Generales de CRUE Universidades Españolas.
La ponente analizó el registro de la jornada de trabajo en las universidades y los posibles sistemas existentes para ello. Se trata de una obligación impuesta con carácter general en España desde el 19 de mayo de este año, que afecta de modo importante a las universidades, dadas las especialidades en el tiempo y horario de trabajo que caracterizan, de modo particular, la jornada de trabajo del personal docente e investigador. Hay que recordar que su jornada implica tiempos de presencia y de espera, desplazamientos fuera del centro de trabajo o entre centros de trabajo y los excesos de jornada en el marco de las actividades de investigación que no nos susceptibles de interrupción.
Pese a esas circunstancias, es necesario buscar medidas para proceder al registro y cómputo de sus horas, que debe servir a la doble finalidad de controlar que los excesos de tiempo de trabajo no vulneren las prescripciones en materia de jornada máxima y, sobre todo, de descansos mínimos y abono o compensación de las horas extraordinarias, al mismo tiempo que se garantiza el cumplimiento por parte de los trabajadores de la universidad de su tiempo de trabajo, relata la especialista de la Universidad de La Laguna.
Por ello, la experta consideró que, en atención a esta doble finalidad, el sistema de cómputo y control debe ser objeto de negociación con la representación de los trabajadores y funcionarios, órganos a los que la norma otorga un protagonismo decisivo en esta materia.