El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, miércoles 28 de julio, el “Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios”. Su contenido ya había sido avanzado hace unos meses cuando aún era un anteproyecto y el pasado marzo, el Observatorio del Sistema Universitario de Catalunya (OSU) público un estudio según el cual solamente doce universidades españolas, incluyendo la de La Laguna, cumplirían los requisitos que propondría el ministerio. Una vez conocido el decreto finalmente redactado, el centro tinerfeño seguiría cumpliendo la mayoría de obligaciones de este texto legal que entrará en vigor 20 días después de su publicación.
Como ha explicado el Ministerio de Universidades en una nota de prensa, el Real Decreto es de carácter retroactivo y obliga a las universidades, tanto públicas como privadas, presenciales, virtuales o híbridas, a adaptarse a los requerimientos de calidad establecidos para todo el sistema universitarios. De este modo, se establece que las universidades deberán disponer de una oferta académica mínima de diez títulos oficiales de grado, seis títulos oficiales de máster y dos programas oficiales de doctorado y deberán estar representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento, condiciones que cumple la oferta actual de la Universidad de La Laguna, con 48 grados, 36 másteres oficiales y 20 programas de doctorado en todas las ramas.
Otra medida del decreto es que el alumnado de grado y dobles grados será, como mínimo, el 50% del total del estudiantado oficial, condición que cumple igualmente el centro tinerfeño. También establece que los estudiantes matriculados en formación continua no podrán superar en dos veces el número de estudiantes matriculados en títulos oficiales, lo cual es una condición que ya se da en la institución académica canaria.
El decreto señala, igualmente, que las universidades deberán dedicar al menos un 5% de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación. Y, además, establece que la universidad debe contar con 6 publicaciones científicas por cada 3 profesores a tiempo completo acumuladas durante los tres últimos años, requisito que nuevamente cumple la Universidad de La Laguna. El documento indica que las universidades habrán de tener sistemas internos de garantía de calidad y, en este sentido, los másteres de formación permanente deberán contar con el informe favorable previo de dicho sistema interno a partir de ahora. En la Universidad de La Laguna ya existe ese sistema, por lo que se trata de otro requisito cumplido.
En cuanto a personal docente, el decreto publicado hoy explicita que los contratados laborales temporales no podrán superar el 40% la de la plantilla total, y que además debe darse una ratio de un profesor cada 25 estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales; esa ratio podrá oscilar cuando se impartan enseñanzas en modalidad virtual hasta 1/50 en función del nivel de experimentalidad de las titulaciones y de la mayor o menor presencialidad.
En la plataforma de plan de gobierno de la universidad puede comprobarse el cumplimiento de cada uno de los indicadores, como, por ejemplo, la tasa de PDI doctor a tiemplo completo en titulaciones de grado, que el Ministerio sitúa en un margen del 50% y en el que la Universidad de La Laguna supera holgadamente el 80%. El real decreto da un plazo de cinco años a las universidades para adaptarse a los requisitos docentes, de investigación, de personal docente e investigador, de PAS y de instalaciones establecidos. La Universidad de La Laguna es la única de Canarias que, a día de hoy, está dentro de los límites establecidos por el Ministerio.