Órgano competente
A propuesta de la Secretaría General, el Consejo de Gobierno, en su sesión ordinaria de 19 de marzo de 2021, aprobó el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad de La Laguna. Atendiendo a lo dispuesto en su artículo 3 corresponde:
- Al rector o a la rectora, adoptar las medidas necesarias para facilitar el conocimiento de la información pública,
- Al secretario o secretaria general, resolver las solicitudes de acceso a la información pública.
- A los jefes de las unidades proveedoras de información, proveer de la información solicitada en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
Resoluciones denegatorias
En el año 2022 y lo que va de 2023, no se emitieron resoluciones desestimatorias o denegatorias de la información solicitada.
Debe señalarse que, si en el plazo de un mes, la Universidad de La Laguna no ha contestado a su solicitud de acceso a la información pública o la contestación no le parece suficiente o adecuada, podrá hacer uso de la reclamación ante el Comisionado de Transparencia. Para más información sobre esta reclamación visite la web del Comisionado. ¿Cómo reclamar?
Información frecuentemente demandada
En el año 2022 y lo que va de 2023, la información cuyo acceso se solicita con mayor frecuencia tiene que ver con la información relacionada con empleo en el sector público, retribuciones, contratación, estadística y los exámenes de convocatorias de empleo público en la ULL.
Estadísticas de derecho de acceso
Otra información de interés
Solicitud de acceso a la información pública:
- Modelo de solicitud (presentación presencial)
- Presentación por sede electrónica (Credenciales ULL)
(Fecha de revisión 28/11/2023)