Declaración ética

La revista Clepsydra defiende, demanda y garantiza el comportamiento ético en todas las fases del ciclo editorial para la publicación de sus números. El reglamento ético toma como referencia lo establecido por el Committee on Publications Ethics (COPE), que vertebra el conjunto de pautas para su adopción por las personas autoras, editoras y evaluadoras.

Por otro lado, y, en relación con los derechos fundamentales de las personas, Clepsydra se acoge y toma como referencia el European Code of Conduct for Research Integrity de la ALLEA, 2019. Así, entre otros criterios, la revista no admitirá ningún tipo de contenido racista o sexista, o cualquier otro que atente contra aquellos derechos.

Por último, la revista evitará cualquier conflicto de intereses entre personas autoras y revisoras, así como entre éstas y miembros del equipo editorial.

PERSONAS AUTORAS

Originalidad de los trabajos

Los manuscritos enviados a la revista han de ser fruto de una investigación original e inédita.

Suficiencia de información

Se ha de aportar la información suficiente para que cualquier especialista pueda repetir las investigaciones realizadas y confirmar o refutar las interpretaciones defendidas en el trabajo.

Autoría, coautoría y requisitos de éstas

Todas las personas que figuren como autores o autoras habrán de cumplir con ciertos requisitos para recibir tal denominación.

Cada persona autora deberá haber participado en grado suficiente para asumir la responsabilidad pública del contenido del trabajo. Una o varias de esas personas deberán responsabilizarse o encargarse de la totalidad del trabajo, desde el inicio de éste hasta su publicación final, en su caso.

La concesión a alguien del crédito de autora o autor se basará únicamente en su contribución esencial en lo referido a cualquiera de los 14 roles que se designan en el sistema CRediT y deberá quedar claramente especificado junto con el envío del artículo a la revista. No se aceptará ningún tipo de modificación ni añadido después.

El orden de las personas autoras dependerá de la decisión que, de forma conjunta, se adopte entre ellas.

Citas y referencias

Cuando se utilicen materiales que no sean propios, las fuentes deben estar debidamente indicadas, siendo necesario obtener los permisos de reproducción correspondientes, si fuera necesario.

Plagio

Cualquier intento de plagio resultará el rechazo del manuscrito presentado o, en caso de no haber sido detectado previamente, la exclusión de la publicación y sustitución de la referencia por “Retirado por plagio”.

Unicidad de destino de la obra

Las personas autoras no deberán presentar el mismo trabajo o describir básicamente la misma investigación en más de una revista. La presentación del mismo manuscrito a más de una revista no constituye un comportamiento ético.

Corrección de errores

Cuando un/a autor/a descubra un error o inexactitud significativa en su propia obra publicada, es obligación de la autoría notificarlo oportunamente a la revista, así como cooperar en la corrección del documento.

PERSONAS EVALUADORAS

Conocimiento de políticas editoriales y declaraciones

Las/os evaluadoras/es se comprometen a conocer y aplicar las políticas editoriales de la revista, así como las declaraciones complementarias que se exponen en la revista en los menús correspondientes.

Cooperación

Las personas revisoras o evaluadoras de Clepsydra ayudan al Equipo Editorial a tomar una decisión en cuanto a la pertinencia o no de aceptación de un manuscrito, así como a aportar las modificaciones que, en su caso, deba introducir la autoría para publicar un manuscrito.

Confidencialidad y anonimato

Toda persona revisora queda obligada a tratar el manuscrito asignado a ella para su evaluación de manera confidencial y, en ningún caso, deberán utilizar la información obtenida en su tarea de revisión por pares ciegos como una ventaja personal.

Objetividad y argumentación

Las revisiones deben llevarse a cabo con objetividad. Son inaceptables las críticas personales a las personas autoras.

Se deben expresar los puntos de vista con claridad y argumentos de apoyo, así como llamar la atención sobre cualquier trabajo publicado relevante en el tema que no haya sido citado por la o las personas autoras.

Cualquier afirmación de que una observación, derivación, o argumentos habían sido utilizados previamente en otros trabajos debe ir acompañada de la mención correspondiente.

Análisis de similitudes o plagio

Las personas evaluadoras deben reportar a la revista en su argumentación cualquier similitud sustancial o superposición entre el manuscrito que evalúan y cualquier otro documento publicado de las que tengan conocimiento.

Renuncias a evaluación

Cualquier evaluadora o evaluador debe renunciar a revisar un manuscrito si considera que no es de su ámbito de especialización o si, aun siéndolo, considera que no está lo suficientemente cualificada/o para evaluar una propuesta.

Del mismo modo, deberá desestimar una invitación a evaluación si entiende que ésta no será objetiva por la existencia de posibles conflictos de intereses.

Malas conductas de investigación en la autoría

Si la persona evaluadora considera que en el trabajo a revisar ha incurrido en una mala conducta de investigación, debe informar a la revista, que tratará cada caso en consecuencia.

CONSEJO DE REDACCIÓN

Pertinencia de aceptación de manuscritos

El Consejo de Redacción de la Revista es el responsable de decidir cuáles de los artículos enviados a la revista son aceptados y finalmente publicados.

Vigilancia ante el plagio

El Consejo se mantendrá especialmente vigilante ante la existencia de plagio.

Imparcialidad

Los miembros serán siempre imparciales al gestionar los trabajos propuestos para publicación, respetando la independencia intelectual de las personas autoras, a quienes se les reconoce el derecho de réplica en caso de haber sido evaluados negativamente.

Asimismo, deberán siempre evaluar los manuscritos por su contenido intelectual sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, o la orientación política de las personas autoras.

Confidencialidad

El Consejo de Redacción no debe revelar información sobre un manuscrito enviado a cualquier persona que no sea el/la autor/a correspondiente, o evaluadoras/es actuales o potenciales, asesoras/es editoriales y, en su caso, editoras/es de sección.

Respeto a obras de terceras personas

Ninguno de los miembros del Consejo podrá usar para sus propias investigaciones datos, argumentos o interpretaciones contenidos en trabajos inéditos, salvo consentimiento expreso por escrito de quien o quienes lo hayan realizado.

Garantía de eficacia en la revisión

Todos los miembros del Consejo se asegurarán de que los trabajos de investigación admitidos sean evaluados por, al menos dos especialistas en la materia y que dicho proceso de revisión ha sido justo e imparcial. Asimismo, valorarán y agradecerán la contribución de quienes colaboran en las evaluaciones de los manuscritos.