El Reglamento General de Protección de Datos reconoce los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento. La ULL garantiza el ejercicio de estos derechos mediante un procedimiento en sede electrónica. El responsable del tratamiento debe contestar en el plazo de un mes (ampliable en dos meses en supuestos complejos, con notificación de la ampliación al solicitante).
Si la persona interesada lo desea puede consultar previamente el Registro de Actividades de Tratamiento donde se refieren la totalidad de los que realiza la Universidad y precisar en su caso el tratamiento al que se refieren.
▪ Derecho de Acceso:
Regulación: artículo 15 RGPD y 13 LOPDGDD.
Se tiene derecho a:
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- Copia de los datos personales objeto de tratamiento, sin que éstos deban estar en un formato que permita reproducir el servicio al que aquellos se destinan, que sería derecho a la portabilidad de los datos.
- Información sobre:
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- las finalidades de los tratamientos que se realizan con dichos datos (agrupados por categorías de datos);
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- sus comunicaciones y cesiones, incluyendo si se realizan o no transferencias internacionales;
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- su plazo de conservación;
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- los derechos que se tiene en relación a los tratamientos (aquí enumerados);
- si existen decisiones automatizadas (incluyendo la realización y/o uso de perfiles), los criterios aplicados a dichas decisiones (lógica), y consecuencias del tratamiento.
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▪ Derecho de rectificación:
Regulación: artículo 16 RGPD y 14 LOPDGDD.
Se tiene derecho, además de rectificar los datos inexactos, a que se completen los datos personales parciales, incluso mediante una declaración adicional.
▪ Derecho de supresión:
Regulación: artículo 17 RGPD y 15 LOPDGDD.
Este derecho se denomina por el propio RGPD como “derecho al olvido”, si bien la Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales distingue la obligación de eliminar la información en origen (supresión) de la eliminación de la información en redes sociales y motores de búsqueda, que es al que ésta denomina derecho al olvido (art. 93). El derecho de supresión permite solicitar:
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- La supresión de los datos personales sin dilación indebida cuando concurra alguno de los supuestos contemplados, por ejemplo, tratamiento ilícito de datos o cuando haya desaparecido la finalidad que motivó el tratamiento o recogida.
- Se regulan una serie de excepciones en las que no procederá este derecho, por ejemplo, cuando deba prevalecer el derecho a la libertad de expresión e información.
▪ Derecho a la limitación del tratamiento:
Regulación: artículo 18 RGPD y 16 LOPDGDD.
Este derecho permite:
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- Solicitar al responsable que suspenda el tratamiento de datos cuando:
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- Se impugne la exactitud de los datos, mientras se verifica dicha exactitud por el responsable.
- El interesado ha ejercitado su derecho de oposición al tratamiento de datos, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre el interesado.
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- Solicitar al responsable que suspenda el tratamiento de datos cuando:
- Solicitar al responsable que conserve los datos personales cuando:
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- El tratamiento de datos sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de sus datos y solicite en su lugar la limitación de su uso.
- El responsable ya no necesita los datos para los fines del tratamiento pero el interesado sí los necesite para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones.
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▪ Derecho a la portabilidad de los datos:
Regulación: artículo 20 RGPD y 17 LOPDGDD.