Las Patentes y Modelos de Utilidad son un títulos de Propiedad Industrial otorgados por el Estado, mediante los cuales se impide a terceros la fabricación, venta o utilización de la invención, sin el consentimiento del titular. Como contrapartida, se ponen a disposición del público para generar conocimiento.
La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es la entidad pública encargada de tramitar ambas solicitudes en España.
Las Patentes protegen una invención en el país o países donde han sido solicitadas durante un período de 20 años.
Una patente debe resolver un problema técnico y cumplir una serie de requisitos:
Se podrán patentar todas aquellas invenciones que cumplan los requisitos y no incumplan las excepciones especificadas en la Ley 24/2015 de Patentes.
Como normal general son protegibles por medio de patente:
Y recuerda siempre… ¡Patentar antes de Publicar!
Podrán protegerse por Modelo de Utilidad, durante 10 años desde la solicitud, las invenciones con aplicación industrial, que sean nuevas y con actividad inventiva y que consistan en dotar a un objeto o producto una configuración, estructura o composición de la que resulte alguna ventaja para su uso o fabricación.
Los procedimientos quedan excluidos de esta categoría.
¿Entonces, qué puede ser un Modelo de Utilidad?
Además de utensilios, herramientas y aparatos, con la Nueva Ley de Patentes se amplia el ámbito a productos que cumplan los requisitos siempre y cuando no recaigan en materia biológica y no sean sustancias o composiciones farmacéuticas (entendiendo estas últimas como las de uso como medicamento en medicina humana o veterinaria).
Formulario de protección
Cartera de Patentes