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Patentes y Modelos de Utilidad

Las Patentes y Modelos de Utilidad son un títulos de Propiedad Industrial otorgados por el Estado, mediante los cuales se impide a terceros la fabricación, venta o utilización de la invención, sin el consentimiento del titular. Como contrapartida, se ponen a disposición del público para generar conocimiento.

La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es la entidad pública encargada de tramitar ambas solicitudes en España.

Las Patentes protegen una invención en el país o países donde han sido solicitadas durante un período de 20 años.

Una patente debe resolver un problema técnico y cumplir una serie de requisitos:

  • Novedad (No debe haber sido publicado previamente por ningún medio)
  • Actividad Inventiva
  • Aplicación industrial
  • Suficiencia en la descripción

Se podrán patentar todas aquellas invenciones que cumplan los requisitos y no incumplan las excepciones especificadas en la Ley 24/2015 de Patentes.

Como normal general son protegibles por medio de patente:

  • Productos, sustancias o combinaciones de ellas.
  • Procedimientos, instrumentos, máquinas, etc.
  • Microorganismos para la obtención de productos, o en sí mismos.
  • Procedimientos microbiológicos y los productos obtenidos de ellos.
  • Medicamentos.

Y recuerda siempre… ¡Patentar antes de Publicar!

Podrán protegerse por Modelo de Utilidad, durante 10 años desde la solicitud,  las invenciones con aplicación industrial, que sean nuevas y con actividad inventiva y que consistan en dotar a un objeto o producto una configuración, estructura o composición de la que resulte alguna ventaja para su uso o fabricación.

Los procedimientos quedan excluidos de esta categoría.

¿Entonces, qué puede ser un Modelo de Utilidad?

Además de utensilios, herramientas y aparatos, con la Nueva Ley de Patentes se amplia el ámbito a productos que cumplan los requisitos siempre y cuando no recaigan en materia biológica y no sean sustancias o composiciones farmacéuticas (entendiendo estas últimas como las de uso como medicamento en medicina humana o veterinaria).

  1. Comunícanos tu invención.
  1. Te daremos cita para una entrevista.
  2. Emisión del Informe de Protección donde te indicamos qué vía de protección es la más adecuada.
  3. Tanto si tus resultados son protegibles mediante Patente o Modelo de Utilidad necesitaremos que nos ayudes con algunos documentos
  4. Nos encargaremos de presentar la solicitud de patente o modelo y nos ocuparemos de su seguimiento comunicando a los autores las incidencias que se produzcan en el expediente.
  5. Paralelamente a la presentación de solicitud iniciaremos el proceso de transferencia que concluye con la firma del contrato de Licencia.