Las Patentes y Modelos de Utilidad son un títulos de Propiedad Industrial otorgados por el Estado, mediante los cuales se impide a terceros la fabricación, venta o utilización de la invención, sin el consentimiento del titular. Como contrapartida, se ponen a disposición del público para generar conocimiento.
La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es la entidad pública encargada de tramitar ambas solicitudes en España.
Las Patentes protegen una invención en el país o países donde han sido solicitadas durante un período de 20 años.
Una patente debe resolver un problema técnico y cumplir una serie de requisitos:
- Novedad (No debe haber sido publicado previamente por ningún medio)
- Actividad Inventiva
- Aplicación industrial
- Suficiencia en la descripción
Se podrán patentar todas aquellas invenciones que cumplan los requisitos y no incumplan las excepciones especificadas en la Ley 24/2015 de Patentes.
Como normal general son protegibles por medio de patente:
- Productos, sustancias o combinaciones de ellas.
- Procedimientos, instrumentos, máquinas, etc.
- Microorganismos para la obtención de productos, o en sí mismos.
- Procedimientos microbiológicos y los productos obtenidos de ellos.
- Medicamentos.
Y recuerda siempre… ¡Patentar antes de Publicar!
Podrán protegerse por Modelo de Utilidad, durante 10 años desde la solicitud, las invenciones con aplicación industrial, que sean nuevas y con actividad inventiva y que consistan en dotar a un objeto o producto una configuración, estructura o composición de la que resulte alguna ventaja para su uso o fabricación.
Los procedimientos quedan excluidos de esta categoría.
¿Entonces, qué puede ser un Modelo de Utilidad?
Además de utensilios, herramientas y aparatos, con la Nueva Ley de Patentes se amplia el ámbito a productos que cumplan los requisitos siempre y cuando no recaigan en materia biológica y no sean sustancias o composiciones farmacéuticas (entendiendo estas últimas como las de uso como medicamento en medicina humana o veterinaria).
- Comunícanos tu invención.
- Te daremos cita para una entrevista.
- Emisión del Informe de Protección donde te indicamos qué vía de protección es la más adecuada.
- Tanto si tus resultados son protegibles mediante Patente o Modelo de Utilidad necesitaremos que nos ayudes con algunos documentos
- Nos encargaremos de presentar la solicitud de patente o modelo y nos ocuparemos de su seguimiento comunicando a los autores las incidencias que se produzcan en el expediente.
- Paralelamente a la presentación de solicitud iniciaremos el proceso de transferencia que concluye con la firma del contrato de Licencia.