OTC

Flujograma y procedimiento de valorización

Procedimiento para suscribir acuerdos

  1. El procedimiento comienza con la comunicación a la OTRI sobre la intención de establecer una colaboración o prestación de servicio, entre nuestro personal investigador y una entidad pública o privada. Para este fin, se habilita un formulario para evaluar protocolos, convenios y/o contratos. Este documento contendrá una breve descripción del objeto y características del acuerdo. También se solicita los nombres de las personas de contacto, tanto por parte de nuestra Universidad como de la entidad contratante/colaboradora.
  2. La OTRI se encarga de estudiar la propuesta y de asesorar sobre el tipo de acuerdo idóneo. Adicionalmente, puede implicar la búsqueda de posibles socios.
  3. Negociación del acuerdo con la contraparte.
  4. El borrador del acuerdo es remitido al Servicio de Asesoría Jurídica, el cual emitirá un informe sobre su idoneidad. En dicho informe se indicará qué correcciones o modificaciones son necesarias para que su contenido se ajuste a derecho.
  5. En caso de existir contraprestación económica, el acuerdo será enviado también a Intervención para su evaluación.
  6. La OTRI informa a las partes, modifica el documento en caso de ser necesario y redacta la versión definitiva, que ha de ser aprobada por el Director de la OTRI.
  7. El acuerdo y los documentos adicionales que sean requeridos para su firma, son remitidos al Vicerrectorado de Investigación para su aprobación y firma por el Rector/a, o en representación del mismo.
  8. Durante el período de vigencia del acuerdo, se realizará un seguimiento del mismo, implementando acciones correctivas o preventivas en los casos en los que sea necesario.
  9. La justificación de los gastos e ingresos derivados del desarrollo de las actividades contempladas en el convenio/contrato será responsabilidad de los Servicios Universitarios de gestión destinados a ese fin.