En este apartado nos ajustaremos a lo establecido en el Artículo 6. Requisitos de Acceso del Acuerdo 7/CG 27-06-2017 por el que se aprueba el Reglamento de Títulos Propios de la Universidad de La Laguna, publicado en el BOULL Año II núm. 12 Jueves, 29 de junio de 2017.
- Podrán acceder a los estudios y obtener la titulación de título propio de Máster, quienes cumplan los siguientes requisitos:
- a) Estar en posesión de un título universitario oficial de grado, otro expresamente declarado equivalente o un título universitario oficial obtenido conforme a sistemas de educación universitaria anteriores al establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE nº 260, de 30 de octubre).
- b) Estar en posesión de un título propio de nivel de grado de la ULL, o equivalente de otra universidad, con una duración mínima de 120 créditos ECTS. En este caso, el alumno podrá acceder a los estudios de máster pero no obtendrá dicha titulación. Si el alumno superase la evaluación de todas las asignaturas del título podrá solicitar la titulación de Certificado de Formación Específica.
- c) Acreditar haber superado al menos 180 créditos ECTS correspondientes a enseñanzas oficiales de grado. En este caso, antes de solicitar el título de máster el alumno debe haber finalizado sus estudios de grado. Si el alumno no finalizara sus estudios de grado oficial y solicita la titulación del título propio obtendría el título de Certificado de Formación Específica.
- d) Quienes acrediten experiencia profesional en el campo de las actividades relacionadas con el título propio de, al menos, dos años. En este caso, el alumno podrá acceder a los estudios de máster pero no obtendrá dicha titulación. Si el alumno superase la evaluación de todas las asignaturas del título podrá solicitar la titulación de Certificado de Formación Específica. El Vicerrectorado con competencia en materia de títulos propios verificará la experiencia profesional de estos alumnos y autorizará su acceso.
- También tendrán acceso a estudios conducentes a la obtención de títulos propios de posgrado de la ULL, quienes acrediten estar en posesión de una titulación extranjera de educación superior homologada o equivalente a los correspondientes títulos españoles oficiales de grado. Para este efecto no se requiere la homologación de dicho título, sino la previa comprobación que este faculta en el país expedidor del mismo para el acceso a estudios de posgrado.